«... judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 C.E.).
2. Restablecerla en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la Sentencia de 21 de septiembre de 1992, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Málaga, y del resto de las actuaciones por él practicadas en los autos núm. 147/92 y en la ejecutoria núm. 24/93.
3. Retrotraer las actuaciones al momento procesal adecuado para que sea emplazada en persona para comparecer en el citado procedimiento.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a catorce de junio de mil novecientos noventa y nueve.