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SENTENCIA
Numero de Referencia :
145/2006
Fecha : 08/05/2006
Publicación Boe :
20060608
Ponente :
Don Guillermo Jiménez Sánchez
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :

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BOE núm. 136 Suplemento Jueves 8 junio 2006 67 administrativo núm. 694-2000 [art. 55.2 a) y b) LOTC]. De otra parte el restablecimiento del demandante de amparo en la integridad de su derecho, a quien por Resolución de la división de personal de la Dirección General de la Policía de fecha 15 de diciembre de 2004 se le asignó un puesto de trabajo en situación de segunda actividad, cesando en la situación de segunda actividad sin destino, requiere en este caso, como solicita el Ministerio Fiscal, el reconocimiento de su derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo en situación de segunda actividad desde la fecha de su pase a dicha situación administrativa, al no haber justificado en absoluto la Administración las razones de su negativa inicial.
FALLO En atención a todo lo expuesto, elTribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Estimar la demanda de amparo interpuesta por don Antonio Jara Muñoz y, en su virtud: 1.º Declarar vulnerado el derecho del recurrente en amparo a la libertad sindical (art. 28.1 CE).
2.º Restablecerlo en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la Resolución de la división de personal de la Dirección General de la Policía de 31 de mayo de 2000, de la Resolución de la misma Dirección General de 9 de agosto de 2000 y de la Sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de 11 de diciembre de 2003, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 694-2000, restableciendo al recurrente en amparo en la integridad de su derecho en los términos indicados en el fundamento jurídico 8 de esta Sentencia.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a ocho de mayo de dos mil seis.-Guillermo Jiménez Sánchez.-Vicente Conde Martín de Hijas.Elisa Pérez Vera.-Eugeni Gay Montalvo.-Ramón Rodríguez Arribas.-Pascual Sala Sánchez.-Firmado y rubricado.
10182 Sala Segunda. Sentencia 145/2006, de 8 de mayo de 2006. Recurso de amparo 2090-2004.
Promovido por don Lounes Khelfaoui frente a los Autos de la Audiencia Provincial de Madrid que acordaron sustituir la pena de prisión, impuesta en sentencia de 1999 en causa por delito contra la salud pública, por la expulsión del territorio nacional.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (inmodificabilidad): expulsión de un extranjero del territorio nacional en sustitución de una pena privativa de libertad, en avanzado grado de ejecución, que modifica el fallo.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2090-2004, promovido por don Lounes Khelfaoui, representado por la Procuradora de los ... »
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