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SENTENCIA
Numero de Referencia :
157/2005
Fecha : 20/06/2005
Publicación Boe :
20050721
Numero de Registro :
5618-2000/
Ponente :
Don Roberto García-calvo Y Montiel
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por doña Mercedes Heredia Jurado y otros frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y los Autos de un Juzgado de lo Social de Sevilla recaídos en procedimiento de ejecución dimanante de unos autos sobre despido. Supuesta vulneración del derecho a la igualdad: intereses de demora de las Administraciones públicas en litigio por despido.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 5618-2000, promovido por doña Mercedes Heredia Jurado, doña María del Mar Guevara Hiniesta, doña Estrella Navarrete Parra, don Enrique Odero Narváez, y doña Isabel Peique Aguilar, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Lidia Leiva Cavero y bajo la asistencia del Letrado don José Fernández Villa, contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 20 de julio de 2000, que desestima el recurso de suplicación (núm. 2030-2000) interpuesto contra los Autos del Juzgado de lo Social núm. 7 de Sevilla, de 20 de diciembre de 1999 y 2 de febrero de 2000, recaídos en procedimiento de ejecución núm. 175/98, dimanante de los autos sobre despido núm. 215/96 y acumulados. Ha comparecido y formulado alegaciones la Junta de Andalucía. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Roberto García-Calvo y Montiel, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado ante este Tribunal con fecha de 26 de octubre de 2000 se interpuso el recurso de amparo del que se ha hecho mención en el encabezamiento, por considerar que la resolución judicial impugnada vulnera el derecho a la igualdad ante la ley e interdicción de la discriminación (art. 14 CE).
2. Constituyen la base de la demanda los siguientes antecedentes de hecho: a) Los recurrentes en amparo venían prestando sus servicios como auxiliares administrativos para la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, hasta que fueron despedidos en distintas fechas del mes de enero de 1996. A resultas de lo anterior formularon demanda por despido contra la citada Consejería (autos núm. 215/96 y acumulados) que fue estimada por Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 7 de Sevilla, de 16 de julio de 1996, que declaró la improcedencia del despido.
b) Contra la anterior resolución judicial ambas partes anunciaron su propósito de interponer recurso de suplicación. Asimismo, por escrito de 8 de agosto de 1996 los demandantes solicitaron ante el Juzgado la ejecución provisional de la Sentencia de despido, que fue ordenada por proveído de 2 de septiembre de 1996, de conformidad con lo previsto... »
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