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SENTENCIA
Numero de Referencia :
157/2006
Fecha : 22/05/2006
Publicación Boe :
20060622
Numero de Registro :
1009-2003/
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera.
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Extracto: Promovido por doña Rosa Delia B. T. frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que, en grado de apelación, revocó la obligación de abonar los gastos de residencia de su hija en Londres en pleito de modificación de medidas definitivas por separación matrimonial de mutuo acuerdo. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en Derecho): sentencia de apelación civil que incurre en error patente acerca de si el padre había consentido que la hija del matrimonio separado estudiara en el extranjero.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1009-2003, promovido por doña Rosa Delia B. T., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Begoña Fernández Pérez-Zabalgoitia, y asistida por la Letrada doña Josefina Gómez Donoso contra la Sentencia dictada por la Sección vigésima segunda de la Audiencia Provincial de Madrid el 17 de enero de 2003 en el rollo de apelación civil 575-2002, que resuelve el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de 19 de noviembre de 2001 dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 29 de Madrid, en los autos de modificación de medidas definitivas en separación matrimonial seguidos con el núm. 996-2001. Ha comparecido don Eduardo Elías K. F., representado por la Procuradora de los Tribunales doña Concepción Muñiz González y defendido por la Abogada doña Sara Ruiz González. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y ha sido Ponente la Presidenta doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el día 21 de febrero de 2003 la Procuradora doña Begoña Fernández Pérez-Zabalgoitia, en nombre y representación de doña Rosa Delia B. T., interpuso demanda de amparo constitucional contra la resolución judicial de que se hace mérito en el encabezamiento, por entender que vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión que se garantiza en el art. 24.1 CE.
2. La demanda de amparo tiene su origen en los siguientes hechos: a) El Juzgado de Primera Instancia núm. 29 de Madrid dictó el 26 de enero de 2000 Sentencia de separación del matrimonio constituido por la aquí demandante de amparo, doña Rosa Delia B. T., y su esposo don Eduardo Elías K. F., aprobándose en dicha Sentencia el convenio regulador suscrito por los cónyuges en noviembre de 1999, y en el que, entre otras medidas, adoptaron respecto de su hija: «mantener a la menor en el colegio donde actualmente cursa sus estudios hasta la finalización de los mismos y su paso a la Universidad española cuyos gastos serán a cargo del padre. Cualquier cambio... »
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