Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
158/2006
Fecha : 22/05/2006
Publicación Boe :
20060622
Numero de Registro :
3283-2003/
Ponente :
Doña Elisa Pérez Vera
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
|
|
«...Estado tenía del escrito del actor, resulta necesario conceder un trámite específico para que la parte apelante pueda contradecirlo.
La estimación del recurso, de acuerdo con el razonamiento expuesto, nos exime de analizar la otra lesión aducida por el demandante de amparo en relación con el derecho a la tutela judicial efectiva por la presunta deficiencia de motivación de la Sentencia impugnada en cuanto a la pena impuesta, ya que sobre esta última tendría que pronunciarse, en su caso, la nueva Sentencia que dicte la Audiencia Provincial de Bilbao.
Fallo: En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española, Ha decidido Estimar el recurso de amparo interpuesto por don Francisco Alcalde Aberasturi y, en su virtud: 1.º Declarar que se ha vulnerado el derecho del recurrente a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE).
2.º Restablecerlo en el citado derecho y, a tal fin, anular la Sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bilbao de 13 de diciembre de 2002, recaída en el rollo de apelación núm. 300-2002, retrotrayendo las actuaciones al momento inmediatamente anterior a dictarse la Sentencia anulada, para que por el citado órgano judicial se pronuncie otra que respete el derecho fundamental vulnerado, previos los trámites que, a tal efecto, resulten pertinentes.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a veintidós de mayo de dos mil seis.-Guillermo Jiménez Sánchez.
-Vicente Conde Martín de Hijas.-Elisa Pérez Vera.-Eugeni Gay Montalvo.-Ramón Rodríguez Arribas.-Pascual Sala Sánchez.-Firmado y rubricado.
|
|
|
|