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SENTENCIA
Numero de Referencia :
159/2000
Fecha : 12/06/2000
Publicación Boe :
20000711 [«boe» Núm. 165]
Numero de Registro :
4222/1997
Ponente :
Don Julio Diego González Campos
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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«... J. Vidal Ollers, así como don Miguel Cladera Garau y do±a Isabel Garau Cantallops, representados por el Procurador de los Tribunales don Isacio Calleja García y asistidos del Letrado don Miguel Izquierdo. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Julio Diego González Campos, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito que tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el 23 de octubre de 1997, la Procuradora de los Tribunales do±a María Teresa Puente Méndez, en nombre y representación de la entidad «Fénix Directo, Compa±ía de Seguros y Reaseguros, S. A.» (en adelante Fénix Directo), ha interpuesto recurso de amparo contra los Autos dictados por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca de los que se ha hecho mérito en el encabezamiento.
2. Los hechos de los que trae causa la demanda de amparo son, en síntesis, los siguientes: a) Celebrado juicio de faltas por el accidente de tráfico producido el 1 de octubre de 1996 en una maniobra de adelantamiento iniciada por el vehículo conducido por don Miguel Cladera Garau, asegurado en la entidad Fénix Directo, cuando en ese momento efectuaba un giro a la izquierda uno de los dos vehículos que eran adelantados, la furgoneta conducida por don Antonio Yelo Pérez, la Sentencia dictada el 7 de marzo de 1997 por el Jugado de Instrucción núm. 3 de Manacor condenó al últimamente mencionado como autor de una falta del art. 621.3 del Código Penal a pena de multa y a indemnizar a don Miguel Cladera Garau por los da±os causados en el vehículo de su propiedad, así como por los sufridos por su acompa±ante, do±a Isabel Garau Cantallops.
b) Recurrida en apelación la mencionada Sentencia tanto por el condenado Sr. Yelo Pérez como por quien le acompa±aba en la furgoneta que también sufrió da±os en el accidente, don Cristóbal Moriel Durán, recurso al que se adhirió la entidad «Royal Insurance Espa±a, S. A.», y que fue impugnado por la entidad Fénix Directo, el Sr. Cladera Garau y la Sra. Garau Cantallops, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, en Sentencia de 30 de junio de 1997, tras declarar como probados los hechos detallados en la Sentencia recurrida, en su fundamento de Derecho único estimó que «es bien sabido que corresponde al órgano judicial de instancia valorar las pruebas, apreciándolas racionalmente, sin que haya de sustituirse su criterio por el de este Tribunal mas que cuando pueda considerarse que ha incurrido en error patente en la apreciación del resultado probatorio, lo que no ha sucedido en el presente caso. La maniobra de adelantamiento realizada por el recurrente fue imprudente pues al intentar rebasar a los dos vehículos que le precedían creó una situación de riesgo, por cuanto para él pasó inadvertida la maniobra de giro a la izquierda que se disponía a realizar uno de los... »
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