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SENTENCIA
Numero de Referencia :
166/2001
Fecha : 16/07/2001
Publicación Boe :
20010814 [«boe» Núm. 194]
Numero de Registro :
2969/1997
Ponente :
Don Rafael De Mendizábal Allende
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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«... un plazo común de diez días al Ministerio fiscal y al recurrente para que alegasen lo que consideraran conveniente en relación con la posible concurrencia en la presente demanda de la causa de inadmisión prevista en el art. 50.1 c) LOTC. La representación procesal de don Manuel Pastor Pérez presentó sus alegaciones el 11 de marzo de 1998 en escrito que reitera, en sustancia, lo ya dicho en la demanda de amparo.
Las alegaciones del Ministerio fiscal tuvieron entrada en el Registro de este Tribunal, el día 12 de marzo de 1998. En ellas señala que se acude de manera improcedente al amparo contra un acuerdo de propuesta de eficacia no vinculante para quien había de dictar la resolución definitiva. Por otra parte el actor discute una cuestión de mera legalidad ordinaria, resuelta por la Sentencia, en el sentido de considerar la legitimidad de la existencia de la Comisión de reclamaciones así como sus competencias para revisar los acuerdos de la Comisión calificadora. El Fiscal entiende que el demandante pretende una mera valoración de los méritos de los candidatos en el concurso que no corresponde a los Tribunales.
Por último carece de contenido constitucional la queja de infracción del art. 24.1 CE, dado que la Sala se ha limitado a denegar la prueba testifical propuesta por el recurrente, pero sin atribuir a esa denegación un carácter general debido a su falta de pertinencia material o de relevancia para el resultado del proceso.
4. Por providencia de la Sección Tercera de 25 de mayo de 1998, se acordó admitir a trámite el recurso de amparo. En consecuencia, conforme el art. 51 LOTC, se acordó requerir a la Universidad Politécnica de Madrid para que, en el plazo de diez días, remitiera certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes al expediente relativo a la Resolución del Rector de 1 de julio de 1994, que estimó parcialmente la reclamación presentada contra la propuesta efectuada por la Comisión de valoración del concurso a la plaza núm. 1 de Catedrático de Universidad, convocada por Resolución de 30 de septiembre de 1992. En el mismo proveído se acordó dirigir comunicación a la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, para que, en el plazo de diez días, remitiera testimonio de las actuaciones correspondientes al recurso núm. 1517/94, interesando el emplazamiento de quienes fueran parte en dicho recurso, con excepción del demandante, para que en el plazo de diez días pudieran comparecer en el presente proceso de amparo constitucional.
La Sección Cuarta de este Tribunal, a la que correspondió la tramitación del proceso, dictó providencia el 14 de septiembre de 1998 por la que se acordó tener por personados y parte a las Procuradoras doña Magdalena Cornejo Barrendo y doña María Gracia Garrido Entrena, en nombre y representación, respectivamente, de la Universidad Politécnica de Madrid y de don Manuel Vázquez Fernández,... »
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