Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
166/2001
Fecha : 16/07/2001
Publicación Boe :
20010814 [«boe» Núm. 194]
Numero de Registro :
2969/1997
Ponente :
Don Rafael De Mendizábal Allende
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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«... de carácter científico y/o académico. 2) Trabajos técnicos relacionados con el perfil de la plaza. 3) Otros trabajos técnicos. 4) Premios y distinciones obtenidos. 5) Pertenencia a organizaciones de carácter técnico y científico».
Conforme exige el art. 9.2 del Real Decreto 1888/1984, antes del comienzo de la primera prueba cada miembro de la Comisión calificadora emitió informe razonado sobre los méritos alegados por cada concursante en sus curriculum vitae, así como acerca de la adecuación entre su proyecto docente e investigador y las necesidades de la Universidad puestas de manifiesto en la convocatoria del concurso.
A efectos del presente proceso constitucional, interesa destacar el contenido de los informes emitidos por los miembros de la Comisión calificadora con relación a los méritos del aspirante don Manuel Pastor Pérez, toda vez que el citado candidato -ahora recurrente en amparotrata de acusar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid de hacer una «reinterpretación» de los referidos informes en su Sentencia de 21 de febrero de 1997, que puso fin a la vía judicial previa. El informe emitido por el Presidente de la Comisión calificadora sobre los méritos de don Manuel Pastor dice literalmente que: «su experiencia docente y publicaciones relacionadas con el perfil de la plaza son tangenciales. Tiene una actividad notable en la organización de cursos de postgrado. Sus publicaciones de investigación en el área son sobresalientes, así como su participación en proyectos de investigación. Su actividad en el bloque de criterios asignados a otros méritos es notable. El programa de las asignaturas presenta una selección de temas impropia de la plaza objeto del concurso, quedando sin tratar tipologías importantes (membranas, placas, láminas cilíndricas) y sólo de forma marginal fenómenos clave en la formación de los ingenieros (pandeo, torsión, fatiga, abolladura, etc.)». El Vocal-Secretario de la Comisión, Sr. Calavera Ruiz, informó, por su parte, que dicho concursante «tiene una considerable experiencia docente, pero no en relación con el perfil de la plaza. Su labor investigadora es de gran importancia, pero es de destacar que se ha producido principalmente en los campos de mecánica del suelo e hidrodinámica, sin que presente otras relaciones con el campo estructural. En cuanto a méritos diversos su curriculum es realmente brillante. Considero que el programa docente es incompleto y al mismo tiempo excesivo e inapropiado para el perfil de la plaza. Presenta lagunas muy notables».
Igualmente puso de manifiesto la inadecuación entre el proyecto docente del Sr. Pastor y el perfil de la plaza convocada a concurso el Vocal de la Comisión calificadora don José Domínguez Abascal, pues señaló en su informe razonado que: «los méritos de investigación alegados por el concursante son abundantes y tienen una notable trascendencia y apreciable repercusión en la comunidad investigadora internacional. Sus méritos... »
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