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SENTENCIA
Numero de Referencia :
167/1999
Fecha : 27/09/1999
Publicación Boe :
19991103 [«boe» Núm. 263]
Ponente :
Don Rafael De Mendizábal Allende
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Viver Pi-sunyer, De Mendizábal Allende,
González Campos, Vives Antón, Conde Martín De Hijas Y Jiménez Sánchez.
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BOE núm. 263. Suplemento Miércoles 3 noviembre 1999 47 aunque sostengan ambos que el dinero se entrega y recibe para otra finalidad. Por consiguiente, tampoco puede censurarse su consideración conjunta como indicios de los que inferir de forma no arbitraria, conforme a las reglas de la lógica y la experiencia, que Antonio Gordo era uno de los destinatarios de la droga para su distribución en el citado «Mesón del Rey».
En suma, dada la perspectiva autónoma de la alegación analizada, tampoco se aprecia vulneración del derecho a la presunción de inocencia del demandante don Antonio Gordo, por lo que procede la desestimación íntegra de su recurso de amparo.
FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Desestimar los recursos de amparo acumulados interpuestos, respectivamente, por don José Ramón Arolas Llagostera y don Antonio Gordo Espejo.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid a veintisiete de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.--Pedro Cruz Villalón.--Manuel Jiménez de Parga y Cabrera.--Pablo García Manzano.--Pablo Cachón Villar.--Fernando Garrido Falla.--María Emilia Casas Baamonde.--Firmado y rubricado.
21316 Sala Segunda. Sentencia 167/1999, de 27 de septiembre de 1999. Recurso de amparo 4.438/95, promovido por don José Larios Llera frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que inadmitió su recurso sobre multa por infracción de juego de azar. Vulneración del derecho de acceso a la justicia: extemporaneidad patentemente errónea porque el último día del plazo era domingo.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Carles Viver Pi-Sunyer, Presidente; don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4.438/95, interpuesto por don José Larios Llera, a quien representa el Procurador de los Tribunales don Pedro Moreno Rodríguez, con dirección de la Letrada doña María del Mar Fernández Álvarez, contra la Sentencia dictada el 1 de diciembre de 1995 por la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso núm. 1.182/93. Ha comparecido el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado, siendo Ponente el Magistrado don Rafael de Mendizábal Allende, quien expresa el parecer de la Sala.
I. Antecedentes 1. Don José Larios Llera, mediante escrito presentado el día 28 de diciembre de 1995 en el Registro de este Tribunal, manifestó su intención de recurrir en amparo contra la Sentencia de que se hace mérito en el encabezamiento y para lo cual pedía acogerse al beneficio de justicia gratuita. El día 19 de abril de 1996, y una vez tramitado el procedimiento correspondiente,... »
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