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SENTENCIA
Numero de Referencia :
169/1999
Fecha : 27/09/1999
Publicación Boe :
19991103 [«boe» Núm. 263]
Numero de Registro :
1639/1996
Ponente :
Don Julio Diego González Campos
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Viver Pi-sunyer, De Mendizábal Allende,
González Campos, Vives Antón, Conde Martín De Hijas Y Jiménez Sánchez.
Documentos Relacionados :
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Extracto: 1. La recurrente, tras conocer la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial, no procedió a la preparación del recurso de casación, acudiendo directamente al amparo de este Tribunal, pese a que podía intentar el recurso de casación en este caso, al tratarse de Sentencia recaída en la apelación de juicio de retracto, revocatoria de la dictada en primera instancia y, además, en un juicio cuya cuantía litigiosa era suficiente [FJ 4].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Carles Viver Pi-Sunyer, Presidente; don Julio Diego González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1.639/96, interpuesto por doña Catalina Mari Bisquerra, representada por el Procurador de los Tribunales don José Llorens Valderrama y asistida del Letrado don Antonio Arbones Pujadas, contra la Sentencia de 26 de febrero de 1996, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el rollo de apelación núm. 1.034/94, dimanante de los autos de juicio de retracto núm. 762/92, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de los de dicha ciudad. Ha sido parte don Melchor García Cabrer, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Teresa Castro Rodríguez y asistido del Letrado don Francisco Sales Sureda, y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Julio Diego González Campos, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro de este Tribunal el 19 de abril de 1996, el Procurador don José Llorens Valderrama, en nombre y representación de doña Catalina Mari Bisquerra, ha interpuesto demanda de amparo contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca de la que se ha hecho mérito en el encabezamiento.
2. La demanda de amparo se basa, en esencia, en los siguientes hechos: a) A instancia de doña Catalina Mari Bisquerra se siguió en el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Palma de Mallorca juicio sobre retracto de comuneros contra don Melchor García Cabrer, en el que recayó Sentencia de 28 de junio de 1994 por la que se declaró el derecho de la demandante a retraer la mitad indivisa de un terreno sito en una urbanización de Llucmajor, previa la consignación procedente.
b) Interpuesto recurso de apelación por la representación de don Melchor García Cabrer, por providencia de 23 de septiembre de 1994 el Juzgado acordó la remisión de las actuaciones a la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, con emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma en plazo de diez días. Esta resolución fue notificada el 27 de septiembre de 1994 a la representación de la demandante de amparo, que compareció el día 30 del mismo mes ante la referida Audiencia Provincial para que se le tuviera como parte... »
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