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SENTENCIA
Numero de Referencia :
16/2006
Fecha : 19/01/2006
Publicación Boe :
20060215
Ponente :
Don Vicente Conde Martín De Hijas
Sala :
Pleno.
Documentos Relacionados :

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BOE núm. 39 Suplemento Miércoles 15 febrero 2006 101 ción del derecho del demandante a la tutela judicial efectiva. En efecto, la Sentencia impugnada de la Sección Primera de la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia de Madrid se ha apartado de lo resuelto por la Sección Segunda en su Sentencia de 17 de octubre de 2000, privando de eficacia a lo decidido previamente con firmeza en el mismo proceso sobre idéntica cuestión, y lesiona así el derecho del recurrente en amparo a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de derecho a la inmodificabilidad de las resoluciones judiciales firmes y a la intangibilidad de las situaciones jurídicas en ellas declaradas.
FALLO En atención a todo lo expuesto, elTribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Estimar la demanda de amparo de don Enrique del Olmo García y, en su virtud: 1.º Declarar vulnerado el derecho del recurrente en amparo a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).
2.º Restablecerlo en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la Sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de marzo de 2002, recaída en el recurso de suplicación núm. 622-2002, debiendo retrotraerse las actuaciones al momento inmediatamente anterior al de dictarse esta última Sentencia para que se pronuncie otra respetuosa con el derecho fundamental vulnerado.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a dieciséis de enero de dos mil seis.-Guillermo Jiménez Sánchez.-Vicente Conde Martín de Hijas.-Elisa Pérez Vera.-Eugeni Gay Montalvo.-Ramón Rodríguez Arribas.-Pascual Sala Sánchez.-Firmado y rubricado.
2584 Pleno. Sentencia 16/2006, de 19 de enero de 2006.
Recurso de amparo avocado 3820-2003. Promovido por doña María Carmen Pérez Rodríguez y otros frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que, revocando la dictada en instancia, declaró improcedente su despido por parte de la Xunta de Galicia.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (indemnidad): indicios de discriminación al no contratar a unos veterinarios como represalia por actuaciones de la Inspección de trabajo y por conflicto colectivo instado por un sindicato contra la Administración. Votos particulares.
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo PérezTremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA EnelrecursodeamparoavocadoalPleno núm.3820-2003, promovido por doña María Carmen Pérez Rodríguez, don Felipe Iglesias Pedreira, doña María Concepción Rosales... »
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