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SENTENCIA
Numero de Referencia :
171/2005
Fecha : 20/06/2005
Publicación Boe :
20050721
Numero de Registro :
4600-2003/
Ponente :
Don Pascual Sala Sánchez
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por doña María Jesús Prieto Rodríguez y otra frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declaró improcedente su despido del Hospital Gregorio Marañón por la Comunidad de Madrid. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva ( indemnidad): indicios de que el cese por extinguirse una beca de investigación fue una represalia por haber pleiteado contra la Administración. Voto particular.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4600-2003, promovido por doña María Jesús Prieto Rodríguez y doña María Mercedes Moreno Domene, representadas por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Muñoz Barona y asistidas por el Abogado don José Ignacio Montejo Uriol, contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27 de septiembre de 2002, dictada en el recurso de suplicación núm. 815-2002 interpuesto por la Comunidad Autónoma de Madrid contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Madrid de 4 de diciembre de 2001 en autos 567-2001, sobre despido, y contra el Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 27 de mayo de 2003, dictado en el recurso de casación para la unificación de doctrina 4349-2002 interpuesto por doña María Mercedes Moreno Domene y doña María Jesús Prieto Rodríguez contra la Sentencia anterior. Ha sido parte el Instituto Madrileño de Salud (Comunidad de Madrid), representado por la Letrada doña Rita Alfaya Hurtado. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Pascual Sala Sánchez, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el 10 de julio de 2003 el Procurador de los Tribunales don Eduardo Muñoz Barona, actuando en nombre y representación de doña María Jesús Prieto Rodríguez y doña María Mercedes Moreno Domene, presentó recurso de amparo contra las resoluciones judiciales del encabezamiento.
2. Los hechos de los que trae causa la demanda de amparo relevantes para la resolución del recurso son los siguientes: a) Las demandantes de amparo han venido prestando servicios para el Hospital General Universitario "Gregorio Marañón", dependiente de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Madrid, en los siguientes términos: La Sra. Prieto Rodríguez prestó servicios desde el 1 de noviembre de 1992 al 2 de febrero de 1997 para el desarrollo del programa de dosimetría biológica, sin suscribir ningún tipo de contrato o beca; desde el 3 de febrero de 1997 hasta el 31 de enero de 2000 prestó servicios mediante un contrato de trabajo para obra o servicio determinado en el convenio... »
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