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SENTENCIA
Numero de Referencia :
178/2005
Fecha : 04/07/2005
Publicación Boe :
20050805
Numero de Registro :
4982-2001/
Ponente :
Don Jorge Rodríguez-zapata Pérez
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Antonio Martínez de la Peña Gordón frente a Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que, en grado de apelación, le condenó por una falta de lesiones. Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de inocencia: condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública (STC 167/2002).
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4982-2001, interpuesto por don Antonio Martínez de la Peña Gordón, representado por el Procurador de los Tribunales don —lvaro Arana Moro y asistido por el Abogado don Manuel Alba Pérez, promovido contra la Sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla de 5 de septiembre de 2001, recaída en el rollo de apelación núm. 191-2001 que, revocando la inicial Sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 13 de dicha ciudad el 16 de mayo de 2001, le condenó como autor de una falta de lesiones. Han intervenido el Ministerio Fiscal y don Alfonso Belzunegui Ormazábal, representado por el Procurador de los Tribunales don Luciano Bosch Nadal y asistido por el Abogado don Adolfo Cuéllar Portero. Ha sido Ponente el Magistrado don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito que tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el día 24 de septiembre de 2001, el Procurador de los Tribunales don —lvaro Arana Moro, en nombre y representación de don Antonio Martínez de la Peña Gordón, interpuso recurso de amparo contra la resolución judicial que se cita en el encabezamiento.
2. Los fundamentos de hecho en los que tiene su origen el presente recurso son, sucintamente expuestos, los siguientes: a) Mediante Sentencia del Juzgado de Instrucción núm. 13 de Sevilla, de 16 de mayo de 2001, el recurrente fue absuelto en primera instancia de la falta por la que venía siendo juzgado.
Esta Sentencia contiene la siguiente declaración de hechos probados: "Que el día 4 de septiembre de 2000 fue interpuesta denuncia por parte de Antonio Manuel Martínez Peña Gordón y contra el denunciado Alfonso Belzunegui Ormazábal, por los hechos que narra en la misma y asimismo Alfonso Belzunegui Ormazábal con fecha 4 de septiembre de 2000 vino a interponer denuncia contra Antonio Manuel Martínez Peña Gordón, José Alfonso Martínez Espejo y Antonio Alberto Flores Rojas por los hechos recogidos en el atestado policial con número de salida 16.
080 y en base a ello, las partes fueron convocadas a la celebración del correspondiente juicio de faltas".
En la fundamentación jurídica se afirma que "de la prueba practicada en el acto ... »
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