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SENTENCIA
Numero de Referencia :
179/2007
Fecha : 10/09/2007
Publicación Boe :
20071016
Numero de Registro :
3696-2003/
Ponente :
Don Javier Delgado Barrio
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por doña Teresa Alarcón Hernández respecto a los Autos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que inadmitieron su demanda en litigio sobre expropiación forzosa.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea, presentada en la mañana siguiente al vencimiento del plazo a tenor de la Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3696-2003, promovido por doña Teresa Alarcón Hernández, representada inicialmente por el Procurador de los Tribunales don Rafael Reig Pascual, posteriormente sustituido por el Procurador don Pablo Oterino Menéndez, y asistida por la Letrada doña Mar Benito González, contra el Auto de fecha 7 de mayo de 2003, dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en autos de recurso contencioso-administrativo núm. 210-2002, por el que se desestimó el recurso de súplica contra el Auto de 21 de enero de 2003 de inadmisión por extemporaneidad del escrito de formulación de la demanda. Ha comparecido el Abogado del Estado en la representación que ostenta e intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Javier Delgado Barrio, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 5 de junio de 2003, el Procurador de los Tribunales don Rafael Reig Pascual interpuso recurso de amparo en representación de doña Teresa Alarcón Hernández contra la resolución mencionada en el encabezamiento, por vulnerar el derecho fundamental de la recurrente a la tutela judicial efectiva proclamado en el art. 24.1 de la Constitución Española.
2. Los hechos que originan la demanda de amparo son, en síntesis, los siguientes: a) Con fecha 8 de febrero de 2002, la representación procesal de la recurrente presentó escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del jurado provincial de expropiación forzosa de fecha 12 de noviembre de 2001.
b) Incoado el correspondiente procedimiento ordinario bajo el número 210-2002, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia se dictó resolución de fecha 31 de julio de 2002 por la que se concedía a la representación procesal de la recurrente el plazo de veinte días para la formalización del escrito de demanda.
c) Con fecha 11 de octubre de 2002 la Sala dictó Auto por el que se acordó declarar caducado el recurso... »
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