Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
182/2005
Fecha : 04/07/2005
Publicación Boe :
20050805
Numero de Registro :
2447-2002/
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: Promovido por doña Enriqueta Gómez Salcedo frente a Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declaró improcedente su despido de Red Eléctrica de España, S.A. Vulneración del derecho a no ser discriminada por razón del sexo: postergación profesional de una trabajadora a causa de sus embarazos y maternidades.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2447-2002, promovido por doña Enriqueta Gómez Salcedo, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Pilar Pérez González y asistida por el Abogado don José Garrido Palacios, contra la Sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 23 de abril de 2001, dictada en el recurso de suplicación núm. 688-2001 en proceso de tutela de derechos fundamentales. Ha comparecido y formulado alegaciones la sociedad Red Eléctrica de España, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Jacinto Gómez Simón y asistida del Letrado don Francisco Sierra González. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Presidenta doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito que tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el 19 de abril de 2002 la Procuradora de los Tribunales doña Pilar Pérez González, actuando en nombre y representación de doña Enriqueta Salcedo, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales citadas en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. La demanda tiene origen en los siguientes antecedentes: a) La demandante presta servicios desde 1990 para Red Eléctrica de España, S.A., con categoría 12-B, desempeñando funciones de letrado asesor jurídico. Alcanzó la categoría 12-B por promoción decidida por la empresa en julio de 1994. Es madre de tres hijos nacidos en octubre de 1995, octubre de 1996 y enero de 2000.
El 1 de agosto de 1990 ingresó en la empresa don Fernando Frías y el 1 de marzo de 1996 ingresó don Juan Majada; ambos ocupan puestos de letrados asesores jurídicos. En septiembre de 1997 el Sr. Frías fue promocionado a la categoría 13-C y en julio de 1998 se promociona a ese nivel al Sr. Majada. De nuevo ambos fueron promocionados a la categoría 17 y nivel C con efectos de 1 de octubre de 1999.
b) Anualmente la empresa realiza una evaluación de cada empleado por su jefe inmediato tras entrevista mantenida al efecto. En la evaluación de 1995 la demandante y el Sr. Frías alcanzan una valoración global de 4 sobre 5. La Sra. Zarco, jefa inmediata de ambos, expresa que la demandante ha realizado un gran esfuerzo a ... »
|
|
|
|