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SENTENCIA
Numero de Referencia :
184/2006
Fecha : 19/06/2006
Publicación Boe :
20060720
Numero de Registro :
1118-2003/
Ponente :
Don Ramón Rodríguez Arribas
Sala :
Sala Segunda.
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«... estimación del recurso y el otorgamiento del amparo solicitado. Como señala el Ministerio Fiscal en su informe el alcance del otorgamiento del amparo, dada la fecha designada para la celebración de la huelga, no puede ser otro que el de declarar la nulidad de los preceptos contrarios al derecho fundamental de huelga, declaración que debe extenderse a la Sentencia de 17 de enero de 2003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, al no haber reparado la lesión del derecho de huelga imputable directamente y en su origen al mencionado precepto del referido Real Decreto.
Fallo: En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española, Ha decidido Otorgar el amparo solicitado por la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (FES-UGT) y, en su virtud: 1.º Declarar que el Real Decreto 527/2002, de 14 de junio, por el que se establecen las normas para garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos esenciales del ente público Radiotelevisión Española y de las sociedades estatales Radio Nacional de España, Sociedad Anónima, y Televisión Española, Sociedad Anónima, ha vulnerado el derecho fundamental de huelga (art. 28.2 CE) de la federación recurrente.
2.º Restablecerla en la integridad de su derecho y, a tal fin, anular los apartados a) y b) del art. 2 del citado Real Decreto, así como la Sentencia de 17 de enero de 2003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que declaró la conformidad con el Ordenamiento jurídico de la disposición recurrida.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a diecinueve de junio de dos mil seis.-Guillermo Jiménez Sánchez.-Vicente Conde Martín de Hijas.-Elisa Pérez Vera.-Eugeni Gay Montalvo.
-Ramón Rodríguez Arribas.-Pascual Sala Sánchez. Firmado y rubricado.
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