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SENTENCIA
Numero de Referencia :
186/2005
Fecha : 04/07/2005
Publicación Boe :
20050805
Numero de Registro :
1508-2003/
Ponente :
Doña Elisa Pérez Vera
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Francisco José Senise Barrios frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que, en grado de apelación, le condenó por un delito de robo con fuerza en las cosas. Supuesta vulneración del derecho a un proceso con garantías y vulneración de la presunción de inocencia: condena pronunciada en apelación tras haber celebrado vista pública (STC 167/2002); condena fundada en prueba indiciaria insuficiente sobre el acceso al hospital por medio de llaves falsas y sin motivación sobre el elemento típico del delito.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1508-2003, promovido por don Francisco José Senise Barrios, representado por el Procurador de los Tribunales don Carlos Ibáñez de la Cadiniere y asistido por el Abogado don Emilio Beltrami de Grado, contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz (Sección Segunda) de 10 de febrero de 2003, recaída en el rollo de apelación núm. 45-2002, que estima el recurso interpuesto por la acusación particular y revoca la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Cádiz en el procedimiento abreviado núm. 38-2002, condenando al recurrente por un delito de robo con fuerza en las cosas a la pena de dos años de prisión. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y el Letrado don José María Monzón Moreno en nombre del Servicio Andaluz de Salud. Ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 14 de marzo de 2003, el Procurador de los Tribunales don Carlos Ibáñez de la Cadiniere, en nombre y representación de don Francisco José Senise Barrios, y bajo la dirección letrada del Abogado don Emilio Beltrami de Grado, interpuso recurso de amparo contra la resolución que se menciona en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes: a) Por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Cádiz se dictó Sentencia de 19 de junio de 2002, en el procedimiento abreviado núm. 38-2002, por la que se absolvía al demandante del delito de robo con fuerza en las cosas del que venía siendo acusado por el Ministerio fiscal y la acusación particular. Los hechos probados contenidos en la citada resolución son los siguientes: "Probado y así se declara que el día 16 de octubre de 2000, sobre las 7 horas, Francisco José Senise Barrios, mayor de edad y sin antecedentes penales, que hasta abril de 2000, había estado trabajando en el departamento de medicina nuclear del hospital Puerta del mar de Cádiz, para la empresa Nycomed Amerham S. A., se introdujo sin autorización para ello en las instalaciones... »
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