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SENTENCIA
Numero de Referencia :
188/2005
Fecha : 07/07/2005
Publicación Boe :
20050805
Ponente :
Don Pascual Sala Sánchez
Sala :
Pleno.
Documentos Relacionados :

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BOE núm. 186 Suplemento Viernes 5 agosto 2005 79 para que se proceda a la ejecución de la Sentencia de conformidad con su contenido.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a cuatro de julio de dos mil cinco.
María Emilia Casas Baamonde.-Javier Delgado Barrio.-Roberto García-Calvo y Montiel.-Jorge Rodríguez-Zapata Pérez.-Manuel Aragón Reyes.-Pablo PérezTremps.
13466 Pleno. Sentencia 188/2005, de 7 de julio de 2005.
Cuestión de inconstitucionalidad 2629/1996.
Promovida por la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación con el art. 27.3 j) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad.
Vulneración del derecho a la legalidad penal (non bis in idem): falta disciplinaria muy grave por haber sido sancionado tres veces. Nulidad de precepto estatal. Voto particular.
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo PérezTremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2629/96, promovida por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con el art. 27.3 j) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad, por posible vulneración del principio non bis in idem (art. 25.1 CE). Han comparecido y formulado alegaciones el Abogado del Estado y el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Pascual Sala Sánchez, quien expresa el parecer delTribunal.
I. Antecedentes 1. El día 28 de junio de 1996 tuvo entrada en el Registro General de esteTribunal escrito del Presidente de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Madrid, al que se acompañaba, junto con el testimonio del correspondiente procedimiento, el Auto del referido órgano judicial de 24 de junio de 1996 en el que se acuerda elevar a esteTribunal cuestión de inconstitucionalidad con respecto al art.
27.3 j) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad, por su posible vulneración del principio non bis in idem (art. 25.1 CE).
2. Esta cuestión de inconstitucionalidad trae causa del recurso contencioso-administrativo núm. 945/94, interpuesto por don José Manuel Terrones Fernández, agente de la policía municipal de Madrid, contra la resolución del cuarto teniente de alcalde del Ayuntamiento de Madrid de 21 de octubre de 1993, confirmada en reposición por resolución de 9 de mayo de 1994, por la que se impuso al recurrente la sanción de tres años de suspensión de funciones como... »
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