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SENTENCIA
Numero de Referencia :
189/2003
Fecha : 27/10/2003
Publicación Boe :
20031126
Numero de Registro :
2684-2001/
Ponente :
Don Eugeni Gay Montalvo
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Alejandro José Eguizábal García frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que le condenó por un delito contra la salud pública.
Supuesta vulneración del derecho a conocer la acusación, y vulneración del derecho a un proceso con garantías: correlación entre la acusación y el fallo acerca del conocimiento de la droga; condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública (STC 167/2002).
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Tomás S. Vives Antón, Presidente, don Pablo Cachón Villar, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Guillermo Jiménez Sánchez, doña Elisa Pérez Vera y don Eugeni Gay Montalvo, Magistrados, ha pronunciado [NOMBRE]EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2684-2001, promovido por don Alejandro José Eguizábal García, representado por el Procurador de los Tribunales don Luciano Rosch Nadal y asistido por el Abogado don Cristóbal Corrales Rolo, contra la Sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, de 6 de abril de 2001. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y ha comparecido doña María Henar Ramos Pérez, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Luz Albacar Medina y asistida por el Letrado don Cristóbal Corrales Rolo. Ha sido Ponente el Magistrado don Eugeni Gay Montalvo, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 10 de mayo de 2001, el Procurador de los Tribunales don Luciano Rosch Nadal, en nombre y representación de don Alejandro José Eguizabal García, formula demanda de amparo contra la Sentencia citada en el encabezamiento.
2. El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes de hecho: a) El recurrente y la coimputada doña María Henar Ramos Pérez fueron absueltos del delito contra la salud pública (tráfico de drogas) del que habían sido acusados, por Sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 4 de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 26 de enero de 2001. Dicha Sentencia considera probado que en el domicilio de los padres del acusado se halló, en el curso de una entrada y registro, una bolsa de viaje que contenía hachís y en el domicilio en que residían ambos acusados, una mochila con la misma sustancia; que la bolsa le había sido entregada a Alejandro por Carlos Manuel Castellano y que la mochila fue colocada en el lugar donde fue hallada también por Carlos Manuel Castellano, quien se halla en busca y captura por esta causa. La cantidad total de hachís hallado asciende a 21.921,9 gramos (casi 22 kilogramos). Sin embargo, la Sentencia entiende que no ha quedado acreditado, con la prueba practicada en el acto del juicio (actas de entrada y registro; declaraciones de los acusados y testificales de los agentes) que la tenencia estuviera preordenada al tráfico, pues estima «que los acusados no conocían el contenido de la ... »
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