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SENTENCIA
Numero de Referencia :
194/2005
Fecha : 18/07/2005
Publicación Boe :
20050818
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :

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«...21 de junio de 2000 y la de la Sentencia 296/2000, de 7 de abril, en lo relativo al pronunciamiento que revisa la naturaleza de la incapacidad de la menor lesionada, debiéndose entender ésta en los términos fijados por la Sentencia de primera instancia y permaneciendo intactos el resto de los conceptos indemnizatorios fijados en apelación.
28 Jueves 18 agosto 2005 BOE núm. 197 Suplemento Este otorgamiento del amparo por la primera de las quejas, atinente a la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por causa de la indefensión generada por una respuesta judicial no solicitada ni debatida, con las consecuencias que acabamos de precisar, hace innecesario nuestro pronunciamiento acerca de la segunda queja, que invoca también la vulneración de dicho derecho por la reforma peyorativa que se habría producido en la apelación.Tal falta de necesidad deriva tanto de la anulación de dicha reforma con la estimación de la primera queja, como del reconocimiento de la indefensión padecida que comporta esta estimación.
FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Otorgar el amparo solicitado por don José Antonio Segovia Jiménez y, en su virtud: 1.º Reconocer su derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).
2.º Anular elAuto de la Sección Segunda de laAudiencia Provincial de Sevilla de 21 de junio de 2000 y, parcialmente, la Sentencia del mismo órgano judicial 296/2000, de 7 de abril, en el extremo relativo a la reducción de la indemnización por el concepto incapacidad permanente.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a dieciocho de julio de dos mil cinco.-María Emilia Casas Baamonde.-Javier Delgado Barrio.-Roberto García-Calvo y Montiel.-Jorge RodríguezZapata Pérez.-Manuel Aragón Reyes.-Firmado y rubricado.
14146 Sala Primera. Sentencia 195/2005, de 18 de julio de 2005. Recurso de amparo 4348-2001.
Promovido por don José Canto García frente a la Sentencia de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), que desestimó su demanda contra el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira sobre sanción disciplinaria por falta grave a policía local.
Vulneración del derecho a la legalidad penal: sanción disciplinaria a funcionario impuesta en virtud de un reglamento anulado por Sentencia delTribunal Supremo que no había sido publicada oficialmente.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por, doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto GarcíaCalvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4348-2001, promovido por don José Canto García, representado por la Procuradora de losTribunales doña Inmaculada Romero Melero y asistido por el Abogado don Manuel David... »
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