Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
194/2005
Fecha : 18/07/2005
Publicación Boe :
20050818
Numero de Registro :
4281-2000/
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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«...sin hacer expreso pronunciamiento en costas.
Las secuelas apreciadas por el órgano judicial fueron paraparesia grave, alteración de los esfínteres y grave perjuicio estético. La indemnización correspondiente a las mismas, fijada con arreglo al baremo de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor, fue incrementada mediante la aplicación de dos factores de corrección previstos en la referida ley: haber quedado la menor en situación de incapacidad permanente total (rechazando expresamente la concurrencia de incapacidad permanente absoluta) y la concurrencia de perjuicios morales de los familiares. Del total de la indemnización, 38.255.000 pesetas correspondían a las secuelas; 10.526.400 al factor de corrección de incapacidad permanente total; 15.789.6000 al factor relativo a los perjuicios morales a la familia; y se fijan 1.162.278 pesetas por aplicación del índice de precios al consumo.
c) El 30 de marzo de 1999, Mapfre Mutualidad de Seguros, mediante la presentación del correspondiente escrito, solicita la aclaración de la Sentencia de 15 de marzo de 1999, por entender que se ha incidido en una omisión que precisa de dicha aclaración consistente en que en el fallo de la Sentencia no se hace alusión alguna a la cantidad anticipada por la aseguradora de 21.859.518 pesetas, ofrecidas y percibidas por los demandantes como pago mínimo.
Por Auto de 13 de abril de 1999 el Juzgado acuerda aclarar la mencionada Sentencia expresando que en la cantidad de 65.733.278 pesetas no incluyó cantidad alguna por días de incapacidad, ni se dedujo tampoco cantidad alguna ya abonada, limitándose a concretar la cantidad a indemnizar por secuelas, porque dichas operaciones deben practicarse en ejecución de Sentencia. No obstante, pone de manifiesto que se abonaron 21.959.518 pesetas, de las cuales 6.948.000 pesetas lo fueron por días de incapacidad, no debatidos, debiéndose pues imputar al pago del resto debido la cantidad de 14.911.518 pesetas.
d) Contra la Sentencia de instancia se presentó recurso de apelación por ambas partes en el que cada una solicitó el aumento o reducción de los diferentes elementos que componían la indemnización con arreglo a sus intereses, salvo en la aplicación de los factores de corrección (la indemnización por daño moral a los familiares y la incapacidad permanente total), en las que las partes se mostraban de acuerdo. No obstante, se dicta Sentencia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla el 7 de abril de 2000 apreciando que la incapacidad permanente de la menor es parcial y no total como se había apreciado en primera instancia.
e) El recurrente promovió entonces un incidente de nulidad de actuaciones contra la Sentencia alegando vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por incongruencia extra petita y alteración de lo juzgado en la instancia por cuanto redujo la cantidad otorgada por el Juzgado de ... »
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