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SENTENCIA
Numero de Referencia :
194/2007
Fecha : 10/09/2007
Publicación Boe :
20071016
Numero de Registro :
6880-2007/
Ponente :
Don Vicente Conde Martín De Hijas
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por la federación Convergència i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de Vacaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la proclamación de consejeros comarcales electos y suplentes del Consejo Comarcal del Pallars de Sobirà.
Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC 187/2007 (suma de los votos obtenidos por coaliciones electorales).
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente; don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo electoral núm. 6880-2007, promovido por la federación Convergencia i Unió, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Paloma Alonso Muñoz y asistida por el Letrado don Ramón Entrena Cuesta, contra la Sentencia núm. 700/2007, de 2 de agosto, de la Sala de Vacaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña desestimatoria del recurso contencioso-electoral núm. 15-2007 interpuesto contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Lleida de 24 de julio de 2007 de proclamación de consejeros comarcales electos y suplentes del Consejo Comarcal del Pallars de Sobirà. Han comparecido y formulado alegaciones la coalición electoral Progrés Municipal, representada por el Procurador de los Tribunales don Roberto Granizo Palomeque y asistida por la Letrada doña Ana Villena Barjau, la coalición electoral Esquerra Republicana de Catalunya-Acord Municipal, representada por el Procurador de los Tribunales don Felipe Juanas Blanco y asistida por el Letrado don Marc Sanglas i Alcantarilla y el Ministerio Fiscal. Ha actuado como Ponente el Magistrado don Vicente Conde Martín de Hijas, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 3 de agosto de 2007, doña Paloma Alonso Muñoz, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de la federación Convergencia i Unió, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones administrativa y judicial a la que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. La demanda de amparo se funda en los antecedentes fácticos que a continuación sucintamente se extractan: a) En el "Boletín Oficial de la Provincia de Lleida" núm. 104, de 1 de mayo de 2007, se publicaron las candidaturas a concejales proclamadas por las diferentes Juntas Electorales de Zona de la Provincia de Lleida para las elecciones municipales celebradas el día 27 de mayo de 2007.
b) La federación demandante de amparo interpuso diversos recursos contencioso-electorales (art. 49 LOREG) contra los acuerdos de proclamación de las candidaturas por entender que la proclamación de las candidaturas de las coaliciones electorales PSC-Progrés Municipal, ... »
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