Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
195/2001
Fecha : 04/10/2001
Publicación Boe :
20011106 [«boe» Núm. 266]
Ponente :
Don Rafael De Mendizábal Allende
Sala :
Pleno
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«... según su Letrada. Es evidente que tampoco se aporta de contrario elemento o dato alguno que permita fundamentar mínimamente la existencia de una hipotética intención por parte de la Junta de Galicia tendente a crear confusión, intención que obviamente no existe ni resulta de la actuación de la Administración autonómica gallega.
Por otra parte, se quiere dejar constancia de que la aprobación técnica del proyecto en cuestión tiene una fecha muy exacta, la del 25 de noviembre de 1991, en la que el Director General de Obras Públicas de la Consejería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas de la Junta de Galicia resolvió aprobar técnicamente el proyecto de que se trata. Dicha aprobación fue precedida del correspondiente trámite de información pública, así como del trámite de informe de todos los organismos afectados, publicándose los oportunos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, núm. 208, de 20 de septiembre; en el diario «El Progreso» de Lugo, de 2 de agosto; y en el diario «La Voz de Galicia», de 30 de agosto; así como en los tableros de anuncios de la Comandancia y de la Ayudantía de Marina, y del Ayuntamiento de Ribadeo, lo que evidencia la inexistencia de dificultad alguna para determinar la fecha de aprobación del reiterado proyecto. Pero es que, conviene resaltar --sigue diciendo la Letrada de la Junta-que tales datos relativos a la información pública del proyecto fueron puestos en conocimiento de la Administración del Principado de Asturias, y así resulta concretamente de los escritos del Director General de Obras Públicas de la Junta de Galicia, de 21 de mayo de 1993, y del Consejero de Ordenación del Territorio y Obras Públicas de la propia Junta, de 5 de mayo de 1993, acompañados con el escrito de demanda, y que, precisamente, fueron remitidos en calidad de respuestas a la solicitud de información formulada, por primera vez, por la Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo del Principado de Asturias.
Por todo ello, no le puede caber ninguna duda a la Administración del Principado de Asturias en relación con la publicidad, por lo demás exigida por la normativa que en todo momento cumplió estrictamente la Administración gallega, que se dio a las obras de mejora o reforma del puerto de Ribadeo. Las obras comenzaron el 17 de abril de 1992, sin que durante la ejecución de las mismas se tuviese noticia de ningún tipo de requerimiento o solicitud de información por parte de algún órgano dependiente de la Comunidad Autónoma asturiana, ni de otro organismo público o privado, sino que es más tarde, en marzo de 1993, cuando se recibieron los escritos de la Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo del Principado de Asturias en solicitud de dicha información. En esa fecha la obra se encontraba prácticamente terminada, y sólo faltaban algunos trabajos de acabado, consistentes en el remate de la colocación de la escalera de protección, extremo del que se informó expresamente a la Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo ... »
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