Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
195/2002
Fecha : 28/10/2002
Publicación Boe :
20021120 [«boe» Núm. 278
Ponente :
Don Pablo Cachón Villar
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :

|
|
«... tales manifestaciones decidieron ir a un lugar apartado para aprovecharse de la situación, desviándose a una urbanización, con extrañeza de la detenida que preguntaba a donde la llevaban y, cogiendo un camino, se apartaron para camuflarse entre los árboles. Allí le propusieron liberarla si se prestaba a mantener relación sexual bucal con cada uno de ellos, ofreciéndole también José Alberto Solano 5.000 pesetas que ella rechazó y, ante su negativa, insistieron ambos en que les hiciera una felación si quería evitar ser entregada, mientras ella pedía nerviosa y sollozando que la liberaran, pues se le presentaba como inevitable la expulsión si se comprobaba su documentación. Al no poder conseguir por estos medios lo propuesto, decidieron obligarla.
Para llevarlo a cabo bajaron del coche tratando de encontrar un sitio apropiado y, al apuntar José Alberto Solano la posibilidad de ser vistos desde algún tren que pasara por la vía próxima, decidieron hacerlo en el coche, deliberando sobre quien sería el primero; todo ello en actitud de nerviosismo. Hicieron subir a la chica nuevamente al asiento trasero del coche, introduciéndose a continuación Juan Carlos Caballero, a quien la víctima tuvo que hacer una felación en contra de su voluntad, mientras el otro se quedaba por las inmediaciones esperando a que se consumara el ataque sexual, volviendo minutos después al coche y tomando el volante para regresar.
Sobre las 20 horas la dejaron en las proximidades de la estación con la advertencia de que no dijera nada de lo ocurrido si no quería tener problemas. Allí cogió un taxi para ir al bar donde trabajaba en Segur de Calafell, a donde se dirigía en tren cuando fue detenida. Los Guardias presentaron la papeleta de identificación sin hacer constar la detención efectuada.Ya por la noche, como se sentía irritada por lo ocurrido, telefoneó a Manuel Rouco, con quien convivía, para que la fuera a buscar porque se encontraba mal. Cuando éste acudió, al enterarse de lo sucedido solicitó permiso a la dueña del bar para llevarse a su novia a casa explicándole la causa.
Ella le indicó que podía consultar a un policía allí presente, consulta que repitió después a una pareja de la Policía Judicial que acudieron de servicio, informándole todos la posibilidad de denunciar los hechos e interesándose por la certeza de lo relatado, advirtiéndole que antes se asegurara de que lo relatado por su novia era verdad pues se trataba de acusaciones muy graves contra sus compañeros. Manteniéndose P. en sus afirmaciones sobre lo ocurrido a pesar de tener reticencias a poner la denuncia por las posibles complicaciones o represalias, incitada por Manuel Rouco, que estaba indignado por lo ocurrido, la efectuó a la mañana siguiente, de lo cual más tarde se arrepintió considerando que le había traído problemas y culpando a aquél por su insistencia, produciéndose entre ellos enfrentamientos por ésta y otras causas que incluso acabaron en juicio de faltas. P. decidió retirar la denuncia, ... »
|
|
|
|