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SENTENCIA
Numero de Referencia :
196/1998
Fecha : 13/10/1998
Publicación Boe :
19981118 [«boe» Núm. 276]
Ponente :
Don Rafael De Mendizábal Allende
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Gabaldón, García-mon, De Mendizábal, González,
Viver Y Vives.
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BOE núm. 276. Suplemento Miércoles 18 noviembre 1998 3 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 26551 Sala Segunda. Sentencia 196/1998, de 13 de octubre de 1998. Recurso de amparo 1.324/1994. Contra Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que confirmó en apelación una del Juzgado de lo Penal núm. 23, que condenó al recurrente como autor de un delito continuado de estafa. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: indefensión imputable al órgano judicial.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don José Gabaldón López, Presidente; don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Carles Viver Pi-Sunyer y don Tomás S. Vives Antón, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1.324/94, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Concepción Arroyo Morollón, que actúa en nombre y representación de don Antonio Luis Cuevas Benítez, asistido de la Letrada doña Carmen Camargo Sánchez, contra la Sentencia de la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid, de 23 de marzo de 1994, que confirma en apelación la del Juzgado de lo Penal núm. 23, de 22 de diciembre de 1993. Ha comparecido el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Magistrado don Rafael de Mendizábal Allende, quien expresa el parecer de la Sala.
I. Antecedentes 1. Don Antonio Luis Cuevas Benítez, representado por la Procuradora doña María Concepción Arroyo Morollón, y en escrito que presentó el 21 de abril de 1994, interpuso recurso de amparo que se hace mérito en el encabezamiento, relatando que fue condenado por el Juzgado de lo Penal núm. 23 de Madrid a las penas de cinco meses de arresto mayor, como autor de «un delito continuado de estafa con simulación de pleito o empleo de otro fraude procesal administrativo análogo», y dos meses de arresto mayor, como autor de un delito de cheque en descubierto. Contra esta Sentencia formuló recurso de apelación, solicitando a la Audiencia que se practicaran las pruebas que no había podido proponer para el acto del juicio oral, consistentes en las declaraciones de los testigos doña Guadalupe Ruiz Veci, doña Concepción Matas Castilla, don Enrique López Cuéllar y don Enrique López Rodríguez, por no constar conocimiento anterior, considerando que sus declaraciones podrían otorgar un nuevo valor probatorio y trascendente a las declaraciones realizadas en el juicio oral, dado que el acusado realizó para ellos solicitud de préstamo y gestiones sin cobrar, y que, por no hallarse a su disposición, tampoco pudo proponer la prueba documental; pero en la Sentencia de la Audiencia Provincial, que confirma en su integridad la resolución apelada, se puede leer, en el segundo antecedente de hecho, que: «no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba».
El demandante de amparo considera por ello que esta falta de resolución respecto de la petición de prueba supone la vulneración de dos derechos ... »
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