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SENTENCIA
Numero de Referencia :
198/2006
Fecha : 03/07/2006
Publicación Boe :
20060804
Numero de Registro :
6672-2002/
Ponente :
Don Ramón Rodríguez Arribas
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Abdeluahed Mizzian Amar frente a las Sentencias de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional que le condenaron por un delito contra la salud pública. Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condena fundada en declaraciones de coimputados corroboradas, auque se negaran a declarar en el juicio oral (STC 2/2002); informe sobre flujos patrimoniales. Voto particular.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 6672-2002, promovido por don Abdeluahed Mizzian Amar, representado por el Procurador de los Tribunales don Antonio María —lvarez-Buylla Ballesteros y asistido por el Abogado don Manuel Cobo del Rosal, contra la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2002, que declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra la Sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 10 de julio de 2000 (según se rectifica por Auto de 17 de julio de 2000, ya que, por error, se consignó en aquélla la fecha de 6 de julio de 2000), dictada en rollo núm. 18/92, que condenó al demandante de amparo como autor de un delito contra la salud pública. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Ramón Rodríguez Arribas, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el 23 de noviembre de 2002 don Antonio María —lvarez-Buylla Ballesteros, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don Abdeluahed Mizzian Amar, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales citadas en el encabezamiento.
2. Los hechos más relevantes de los que trae causa la demanda de amparo, son, concisamente expuestos, los siguientes: a) En el Juzgado Central de Instrucción núm. 1 se incoaron las diligencias previas núm. 16/92, que dieron lugar al sumario 18/92 (al que se acumuló posteriormente el sumario 17/92 procedente del Juzgado Central de Instrucción núm. 5) seguido por delito contra la salud pública, contrabando y delito de falsedad de documento de identidad. Elevadas las actuaciones a la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el Ministerio Fiscal calificó provisionalmente los hechos, acusando, además de a otras personas, al demandante de amparo como autor de un delito continuado contra la salud pública y contrabando. Celebrado el juicio oral, en la Sentencia de 10 de julio de 2000 ( fecha rectificada por Auto de 17 de julio de 2000) de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se declaran como hechos probados, en lo que aquí interesa,... »
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