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SENTENCIA
Numero de Referencia :
1/2008
Fecha : 14/01/2008
Publicación Boe :
20080215
Numero de Registro :
7475-2004/
Ponente :
Don Pascual Sala Sánchez
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Antonio Estudis Escursell y otra frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que desestimó su demanda sobre liquidación tributaria. Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: falta de agotamiento porque se preparó recurso de casación contencioso-administrativo al mismo tiempo que el recurso de amparo.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente; doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 7475-2004, promovido por don Antonio Estudis Escursell y doña María Dolores Ferrer Ferreros, representados por el Procurador de los Tribunales don Jesús Verdasco Triguero y asistidos por el Abogado don José Luis Ruiz-Flores Lalmolda, contra la Sentencia de 4 de noviembre de 2004 de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido parte el Abogado del Estado en la representación que ostenta. Ha sido Ponente el Magistrado don Pascual Sala Sánchez, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 13 de diciembre de 2004 el Procurador de los Tribunales don Jesús Verdasco Triguero, en nombre y representación de don Antonio Estudis Escursell y doña María Dolores Ferrer Ferreros, interpuso recurso de amparo contra la resolución judicial que se cita en el encabezamiento.
2. Los hechos en los que tiene su origen el presente recurso y relevantes para su resolución son, sucintamente expuestos, los siguientes: a) Los recurrentes y otros accionistas de la sociedad Cargas Blancas Inorgánicas, S. A. (CBI), vendieron el 22 de marzo de 1989 a la entidad Andalucía, Construcciones y Edificaciones, S. A. (Ancedisa), sus derechos de suscripción preferente de acciones en determinada ampliación de capital de la primera de dichas sociedades. La entidad Ancedisa procedió a su vez, con intervención de otra sociedad, Giritix, S. A., a revender el 28 de abril de 1989 tales derechos a Yesos Ibéricos, S. A.
b) La Inspección de los Tributos incoó el 19 de diciembre de 1995 tres actas de disconformidad en relación con las repercusiones tributarias de tales operaciones mercantiles en el IRPF correspondiente a los ejercicios de 1989, 1990 y 1991 de don Antonio Estudis Escursell y doña María Dolores Ferrer Ferreros. Por Acuerdos de 21 de junio de 1996 fueron confirmadas las propuestas de liquidación contenidas en dichas actas. En tales acuerdos se consideró que la venta de derechos de suscripción del 22 de marzo de 1989 fue una operación simulada y que la única venta de los mismos habría sido la efectuada el 28 de abril de 1989, ya bajo la vigencia del Real Decreto-ley 1/1989, ... »
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