Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
201/2006
Fecha : 03/07/2006
Publicación Boe :
20060804
Numero de Registro :
4140-2003/
Ponente :
Don Jorge Rodríguez-zapata Pérez
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
|
|
«... de 10 de enero de 2006, acordó solicitar del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Puerto del Rosario la remisión de todas las actuaciones seguidas respecto del recurrente, tanto las derivadas de la aplicación de la legislación de extranjería, como las diligencias indeterminadas que dieron lugar a la solicitud del habeas corpus núm. 21-2003; asimismo, se acordó recabar de la Comisaría de Policía Nacional de Puerto del Rosario copia de todas las actuaciones practicadas respecto del demandante que fue detenido por agentes de esa comisaría el 10 de junio de 2003.
8. Mediante diligencia de ordenación de 10 de febrero de 2006 se tuvieron por recibidas las actuaciones remitidas por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Puerto del Rosario y por la comisaría de policía de la misma localidad, y se acordó dar vista de las mismas a la parte recurrente y al Ministerio Fiscal por un plazo de diez días para que formularan las alegaciones oportunas. El Ministerio Fiscal, por escrito que tuvo entrada en el Tribunal el día 24 de marzo de 2006, con expresa cita de la STC 303/2005, de 24 de noviembre, interesó, a la vista de las nuevas actuaciones remitidas, la desestimación del presente recurso de amparo porque, a su juicio, en el momento en que se produjo la inadmisión del procedimiento de habeas corpus, ya se había producido el control judicial de la privación de libertad del recurrente a través de los trámites previstos en la Ley de extranjería.
9. Por providencia de 29 de junio de 2006 se señaló para deliberación y votación de la presente Sentencia el día 3 de julio de 2006, trámite que ha finalizado en el día de hoy.
Fundamentos: II. Fundamentos jurídicos Ønico. Se impugna en este proceso el Auto de 12 de junio de 2003 del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Puerto del Rosario, que inadmitió a trámite la petición de habeas corpus deducida por don Bakary Camara, inadmisión de plano que sustentó el órgano judicial en que la legislación de extranjería permitía la detención del mismo, detención que había sido llevada a cabo, en criterio del Juez, por autoridad competente.
Como ya recordamos en la STC 169/2006, de 5 de junio, este Tribunal ha tenido ocasión de pronunciarse en reiteradas ocasiones sobre el reconocimiento constitucional del procedimiento de habeas corpus en el art. 17.4 CE, como garantía fundamental del derecho a la libertad, y en qué medida puede verse vulnerado por resoluciones judiciales de inadmisión a trámite de la solicitud de su incoación, generando una consolidada doctrina, recogida en las SSTC 94/2003, de 19 de mayo, FJ 3, 23/2004, de 23 de febrero, FJ 5, y 122/2004, de 12 de julio, FJ 3. Asimismo, recordábamos que en las detenciones producidas en el ámbito propio de la legislación de extranjería, es decir, privaciones de libertad realizadas por la policía sin previa autorización judicial y al amparo de la normativa vigente en materia de extranjería, era plenamente aplicable la doctrina jurisprudencial... »
|
|
|
|