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SENTENCIA
Numero de Referencia :
203/2006
Fecha : 03/07/2006
Publicación Boe :
20060804
Ponente :
Don Roberto García-calvo Y Montiel
Sala :
Sala Primera.
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«... de 24 de noviembre, también ahora creo que debíamos habernos pronunciado, con carácter previo, sobre la legitimación del letrado que suscribía la demanda para interponerla en nombre del afectado por la inadmisión a trámite del habeas corpus, teniendo en cuenta que no constaba que éste último le hubiera conferido su representación, ni le hubiera encomendado la interposición de la demanda de amparo, ni se hubiera dirigido alTribunal para mostrar su voluntad impugnativa. Y visto que en el caso que ahora nos ocupa estamos en la misma situación, por pura coherencia intelectual reproduzco mi posición discrepante en los mismos términos.
A tales efectos, me limito a remitirme a citado Voto.
Aquí es suficiente con reiterar otra vez que creo que la simple calidad de abogado de oficio que esgrime el demandante de amparo no le otorga legitimación activa para interponer el recurso de amparo. Aunque es cierto que el abogado tiene interés, incluso que puede defender intereses de su cliente, el abogado no es parte en el proceso judicial previo y su interés en instar el amparo por considerar que se ha vulnerado un derecho de su defendida, sin autorización expresa ni mandato tácito de su cliente, si bien merece un juicio deontológico favorable, no puede ser calificado sino como genérico, razones por las que ha de concluirse que no tiene legitimación activa para promover la demanda de amparo, todo lo cual debiera haber llevado, en mi opinión, a la desestimación de la demanda por este motivo.
Y en este sentido emito mi Voto particular, reiterando mi respeto a la opinión mayoritaria.
En Madrid, a tres de julio de dos mil seis.-Roberto García-Calvo y Montiel.-Firmado y rubricado.
14165 Sala Primera. Sentencia 203/2006, de 3 de julio de 2006. Recurso de amparo 4144-2003. Promovido por un Abogado en interés de don SadioTraore frente al Auto del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Puerto del Rosario que inadmitió a trámite su solicitud de habeas corpus tras su interceptación en una patera.
Vulneración de los derechos a la libertad personal y al habeas corpus: STC 169/2006. Voto particular.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto GarcíaCalvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4144-2003, promovido por el Letrado don Luis Miguel Pérez Espadas en interés de don Sadio Traore, al que por turno de justicia gratuita se le designó a la Procuradora de los Tribunales doña Sonia López Caballero, contra el Auto de 12 de junio de 2003 del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Puerto del Rosario, que inadmitió a trámite la solicitud de habeas corpus presentada. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Roberto García-Calvo y Montiel, quien expresa el parecer de la Sala.
I. Antecedentes 1. Mediante... »
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