Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
205/2003
Fecha : 01/12/2003
Publicación Boe :
20040108
Numero de Registro :
1079/2000
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: Promovido por don Juan Burgos Ripoll frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que desestimó su demanda contra el Ayuntamiento de Ribarroja del Turia sobre sanción de suspensión por unas declaraciones al diario «Levante».
Vulneración del derecho a ser informado de la acusación: falta de precisión del pliego de cargos en procedimiento administrativo disciplinario, que aplica a un derecho fundamental un tipo indeterminado de infracción.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente; don Pablo García Manzano, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel y don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1079/2000, promovido por don Juan Burgos Ripoll, representado por el Procurador de los Tribunales don Federico Pinilla Peco y asistido por el Abogado don José Antonio Pla García, contra la Sentencia núm. 1150/1999 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 12 de noviembre de 1999, por la que se confirma la Resolución del Ayuntamiento de Ribarroja del Turia, de 11 de noviembre de 1996, en la que se impone al demandante de amparo la sanción de un mes de suspensión de empleo y sueldo. Ha sido parte el Ayuntamiento de Ribarroja del Turia, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Granizo Palomeque y asistido por la Abogada doña Teresa Gimeno Zorrilla. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. El 25 de febrero de 2000 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal escrito de demanda de amparo, presentado por el Procurador de los Tribunales don Federico Pinilla Peco, en nombre y representación de don Juan Burgos Ripoll, contra las resoluciones citadas en el encabezamiento.
2. De la demanda y de las actuaciones seguidas en el presente caso resulta lo siguiente: a) El demandante de amparo es Sargento de la policía local del Ayuntamiento de Ribarroja del Turia y sindicalista, realizando actividades en defensa de los afiliados de FSP-UGT-PV en el citado Ayuntamiento y especialmente en la policía local.
b) El 24 de abril de 1996 le fue comunicada Resolución de la Alcaldía del día anterior en la que se decidía incoar contra él expediente disciplinario por unas declaraciones publicadas en un diario no oficial, y designar instructor al Teniente de Alcalde y Concejal de Personal, y secretario a la de la corporación.
La noticia, incluida en el expediente, publicada en el diario «Levante» era del siguiente tenor: «La policía local dice "estar desmoralizada". El PSOE culpa al PP de la "ola de robos" que... »
|
|
|
|