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SENTENCIA
Numero de Referencia :
221/2007
Fecha : 08/10/2007
Publicación Boe :
20071114
Numero de Registro :
6131-2006/
Ponente :
Don Javier Delgado Barrio
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por Proiliberis, S.L., frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, que inadmitió su demanda sobre reclamaciones tributarias.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de demandas formuladas a requerimiento judicial tras denegar la acumulación de asuntos.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta; don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 6131-2006, promovido por Proiliberis, S. L., representada por la Procuradora de los Tribunales doña África Martín Rico y asistida por el Abogado don Pablo Serrano Martín, contra la Sentencia de 8 de mayo de 2006 dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el recurso contencioso núm. 908-1999. Han comparecido el Abogado del Estado y el Letrado de la Junta de Andalucía. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Javier Delgado Barrio, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 7 de junio de 2006, la Procuradora de los Tribunales doña África Martín Rico, en nombre y representación de Proiliberis, S. L., interpuso recurso de amparo constitucional contra la Sentencia citada en el encabezamiento.
2. Los hechos que fundamentan la demanda de amparo son resumidamente los siguientes: a) El 29 de abril de 1999, la sociedad que demanda amparo interpuso recurso contencioso-administrativo contra tres Resoluciones dictadas con fecha 25 de enero de 1999 por la Sala de Granada del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía en los expedientes de reclamación núms. 18/3867-1997, 18/3868-1997 y 18/3869-1997, interesando su acumulación con arreglo a lo previsto en el art. 34.2 LJCA. El recurso fue registrado para su tramitación con el núm. 739-1999 ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
b) Por providencia de fecha 4 de mayo de 1999, notificada ese mismo día, el órgano judicial acordó no haber lugar a la acumulación interesada, seguir el procedimiento únicamente respecto de la primera de las resoluciones impugnadas y emplazar a la entidad recurrente para que, en plazo de treinta días, interpusiera contra las otras dos resoluciones administrativas los oportunos recursos independientes.
c) En cumplimiento de lo acordado, con fecha 31 de mayo de 1999, Proiliberis, S. L., interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución dictada por ... »
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