Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
231/2007
Fecha : 05/11/2007
Publicación Boe :
20071210
Numero de Registro :
7540-2004/
Ponente :
Don Vicente Conde Martín De Hijas
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: Promovido por doña Margaret Hurley frente al Auto de un Juzgado de Instrucción de Marbella que denegó la nulidad de actuaciones en la ejecución procedente de un juicio verbal instado por la asociación de propietarios de la Urbanización Río Verde.
Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento edictal en pleito civil sin haberlo llevado a cabo en un domicilio social, y uno particular en Londres, que constaban en autos.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo y don Ramón Rodríguez Arribas, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 7540-2004, promovido por doña Margaret Hurley, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Virgina Lobo Ruiz y asistida por el Letrado don Julio Aguado Arrabé, contra el Auto del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Marbella, de 9 de noviembre de 2004, por el que se declara no haber lugar al incidente de nulidad de actuaciones instado en autos de ejecución de títulos judiciales núm. 656-2002, procedentes del juicio verbal núm. 3273-2001. Han comparecido y formulado alegaciones la asociación de propietarios de la Urbanización Río Verde, representada por el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, Sierra de Andalucía Inversiones, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Ignacio Requejo García de Mateo y asistida por el Letrado don Luis Bernardo de Quirós Fernández, y el Ministerio Fiscal. Ha actuado como Ponente el Magistrado don Vicente Conde Martín de Hijas, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Juzgado de guardia el día 13 de diciembre de 2004, registrado en este Tribunal el día 15 siguiente, doña Virgina Lobo Ruiz, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de doña Margaret Hurley, interpuso recurso de amparo contra la resolución judicial a la que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. En la demanda de amparo se recoge la relación de antecedentes fácticos que a continuación sucintamente se extracta: a) La demandante de amparo era propietaria del chalé núm. 10 de la Urbanización Río Verde, que había adquirido en fecha 27 de abril de 2000 y que ha sido objeto de ejecución en los autos origen de este recurso de amparo.
En fecha 17 de junio de 2004 tuvo conocimiento, de forma causal, de que su vivienda había sido subastada en el mes de abril de 2004, al comunicárselo a su pareja sentimental, don Alfonso Vidal, uno de los obreros que se encontraba trabajando en el chalé, al decírselo a éste la presidenta de la asociación de propietarios de la Urbanización Río Verde.
b) En fecha 18 de junio de 2004 el Letrado de la demandante de amparo presentó un escrito de personación en el Juzgado ... »
|
|
|
|