Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
240/2007
Fecha : 10/12/2007
Publicación Boe :
20071227
Numero de Registro :
4653-2004/
Ponente :
Don Pablo Pérez Tremps
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por doña Reposo Chávez Romero frente a la Sentencia y al Auto de nulidad de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que desestimó su demanda contra el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa sobre justiprecio de una cantera de jabre.
Vulneración del derecho a la prueba: sentencia contencioso-administrativa dictada antes de que se hubiera practicado la prueba pericial admitida, pendiente de provisión de fondos por parte de la gerencia del ministerio de justicia.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta; don Javier Delgado Barrio, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4653-2004, promovido por doña Reposo Chávez Romero, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Ana Lázaro Gogorza y bajo la dirección del Letrado don David Labrador Gallardo, contra el Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 22 de junio de 2004, por el que se acordó no haber lugar a la nulidad de actuaciones de la Sentencia de 2 de abril de 2004, aclarada por Auto, también de 22 de junio de 2004, dictada en el recurso núm. 1153-2001. Han comparecido el Letrado de la Junta de Extremadura y el Abogado del Estado. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo Pérez Tremps, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 15 de julio de 2004, la Procuradora de los Tribunales doña Ana Lázaro Gogorza, actuando en nombre y representación de doña Reposo Chávez Romero, y bajo la dirección del Letrado don David Labrador Gallardo, interpuso demanda de amparo contra las resoluciones judiciales citadas en el encabezamiento.
2. El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes: a) El esposo de la recurrente en amparo interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Badajoz de 20 de junio de 2001, dictado en los expedientes de expropiación núms. 145 a 147-1999, dando lugar al recurso núm. 1153-2001, que fue tramitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. En el escrito de formalización de la demanda se solicitaba que se declarara la fijación del justiprecio de las fincas expropiadas en la cantidad total de 94.834,01 euros, argumentando, entre otros extremos, la existencia en el subsuelo del terreno expropiado del mineral jabre. Por Auto de 3 de febrero de 2003 se acordó el recibimiento del recurso a prueba y el recurrente propuso, entre otras, una prueba pericial, para lo que solicitaba la designación judicial de un Ingeniero de Caminos o Minas, que emitiera dictamen sobre los siguientes extremos: "a) Que ... »
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