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SENTENCIA
Numero de Referencia :
251/2004
Fecha : 20/12/2004
Publicación Boe :
20050121 [«boe» Núm. 18]
Ponente :
Don Pascual Sala Sánchez
Sala :
Sala Segunda
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BOE núm. 18 Suplemento Viernes 21 enero 2005 63 1068 Sala Segunda. Sentencia 251/2004, de 20 de diciembre de 2004. Recurso de amparo 74222002. Promovido por Sumobel, S.L., frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un litigio sobre multa por infracción urbanística.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de recurso contencioso-administrativo por extemporáneo que incurre en error patente, porque había sido presentado en el Juzgado de guardia el día anterior.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Eugeni Gay Montalvo, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 7422-2002 promovido por Sumobel, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Ramiro Reynolds Martínez y asistida por la Letrada doña Remedios Sánchez Burgos, contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, de 25 de octubre de 2002, que inadmitió el recurso contencioso-administrativo «por haber sido interpuesto fuera de plazo». Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Pascual Sala Sánchez, quien expresa el parecer de la Sala.
I. Antecedentes 1. Mediante escrito que tuvo entrada en el Registro General de esteTribunal el 30 de diciembre de 2002, don Ramiro Reynolds Martínez, Procurador de Sumobel, S.L., interpuso recurso de amparo contra la resolución dictada por elTribunal Superior de Justicia de Andalucía indicada en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. Los hechos en que se fundamenta el presente recurso son, en síntesis, los siguientes: a) El 30 de enero de 1998 el recurrente en amparo recibió la notificación del acto administrativo sancionador dictado por la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructura del Ayuntamiento de Málaga consistente en una multa de 1.200.000 pesetas por la comisión de una infracción urbanística (existencia de dos vallas publicitarias sin licencia).
b) El 30 de marzo de 1998, la demandante presentó escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo contra el indicado acto administrativo.Tal y como consta en las actuaciones, el citado escrito de interposición fue presentado por la Procuradora de la entidad mercantil sancionada ese día 30 de marzo de 1998, a las 23 horas 15 minutos, en el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Málaga, en funciones de guardia (consta en el escrito el sello de dicho Juzgado con la fecha y hora mencionados).
Al día siguiente, es decir, el 31 de marzo de 1998, la Sala Contencioso-Administrativo de Málaga recibió el mencionado escrito de interposición y estampó, a su vez, el sello en el mismo, haciendo constar dicha fecha (la de 31 de marzo... »
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