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SENTENCIA
Numero de Referencia :
286/2006
Fecha : 09/10/2006
Publicación Boe :
20061116
Numero de Registro :
5603-2003/
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por doña María Paz Zurdo Herrero respecto a la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y los Autos de la Audiencia Nacional que rectificaron la calificación de una víctima del síndrome tóxico, reduciendo su indemnización.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (inmodificabilidad): rectificación sobre la clasificación de unas lesiones declarada en Sentencia firme, que no es un error material manifiesto (STC 187/2002).
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 5603-2003, promovido por doña María Paz Zurdo Herrero, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Rosina Montes Agustí y asistida por el Abogado don Juan Antonio Guijarro Carmona, contra la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo 1034/2003, de 8 de julio, desestimatoria del recurso de casación contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 5 de julio de 2002, de rectificación de error material del anexo IV de la Sentencia 48/1989, de 20 de mayo. Ha sido parte el Abogado del Estado, en la representación que ostenta, y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Presidenta doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el día 17 de septiembre de 2003, la Procuradora de los Tribunales doña Rosina Montes Agustí interpone recurso de amparo en nombre de doña María Paz Zurdo Herrero contra las resoluciones judiciales mencionadas en el encabezamiento.
2. Los hechos relevantes para el examen de la pretensión de amparo son, sucintamente relatados, los siguientes: a) Doña María Paz Zurdo Herrero fue una de las personas afectadas por el denominado "síndrome tóxico" y como tal fue parte en el sumario núm. 129/81, que concluyó por Sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional núm. 48/1989, de 20 de mayo. El relato de hechos probados de esta sentencia afirmaba que "[h]an resultado afectadas las personas que se nominan en el anexo IV", y que las sintomáticas son identificadas "como SI, sin incapacidad; IP, con incapacidad parcial para su habitual ocupación; IT, con incapacidad total para ella; IA, absoluta para toda ocupación laboral, y GI, con gran invalidez ... Y, en el anexo V, se relacionan con las siglas NA, las personas que no han padecido el ST y, con las CD y DI, las que no constan por ahora en el proceso si han sufrido o no la enfermedad. ... En el anexo VII se comprenden los supuestos NE, DU y DI. En los casos NE no ha existido relación causal entre el fallecimiento y el ST; en ... »
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