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SENTENCIA
Numero de Referencia :
292/2006
Fecha : 10/10/2006
Publicación Boe :
20061116
Numero de Registro :
5958-2004/
Ponente :
Don Roberto García-calvo Y Montiel
Sala :
Sala Primera.
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Extracto: Promovido por don Manuel de la Puente Dopico frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que, en grado de suplicación, desestimó su demanda contra Tecnología y Maquinaria, SA., en litigio sobre salarios.
Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: sentencia de suplicación que desestima por falta de prueba de un hecho, el cobro de una comisión, cuya prueba había sido denegada por el Juzgado sin motivación.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 5958-2004, promovido por don Manuel de la Puente Dopico, representado por el Procurador de los Tribunales don Fernando Rodríguez-Jurado Saro y asistido por el Abogado don Julio Lois Boedo, contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 22 de julio de 2004, dictada en el recurso de suplicación núm. 6133-2001 interpuesto por la entidad mercantil Tecnología y Maquinaria, S.A., contra la Sentencia de 10 de septiembre de 2001 del Juzgado de lo Social núm. 3 de A Coruña en autos 103-2001, sobre salarios. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Roberto García-Calvo y Montiel, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Juzgado de guardia el día 27 de septiembre de 2004 y registrado en este Tribunal Constitucional el día 4 de octubre siguiente, el Procurador de los Tribunales don Fernando Rodríguez-Jurado Saro, actuando en nombre y representación de don Manuel de la Puente Dopico, presentó recurso de amparo constitucional contra la resolución citada en el encabezamiento.
2. Los hechos de los que trae causa la demanda de amparo, relevantes para la resolución del recurso, son, en síntesis, los siguientes: a) Por el ahora demandante de amparo se interpuso demanda contra la entidad Tecnología y Maquinaria, S.A., en reclamación de 3.280.005 pesetas, más los intereses legales, en concepto de salarios devengados, demanda que fue tramitada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de A Coruña. El objeto del litigio lo constituía la reclamación por el trabajador de unos pretendidos adeudos salariales, que en su parte fundamental derivaban de las comisiones obtenidas como consecuencia de una operación de venta de maquinaria realizada por la empresa demandada a la empresa Eurogalia, S.A., por cuenta de la fabricante de la maquinaria, la empresa italiana A. Costa, S.p.A., y en cuyos resultados tenía derecho a participar el trabajador, en un determinado porcentaje, de acuerdo con lo pactado. El trabajador, que percibió un anticipo de un millón de pesetas a cuenta... »
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