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SENTENCIA
Numero de Referencia :
293/2006
Fecha : 10/10/2006
Publicación Boe :
20061116
Numero de Registro :
3988-2005/
Ponente :
Don Roberto García-calvo Y Montiel
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Andrés Fernández Gala frente al Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acuerda entregarlo a Francia en virtud de una euroorden para ser enjuiciado por delito de tráfico de drogas.
Supuesta vulneración de los derechos a la tu-tela judicial efectiva ( intangibilidad), a la legalidad penal y a la libertad personal: entrega penal, en virtud de euroorden, concedida después de haber denegado una previa solicitud de extradición (STC 156/2002); aplicación temporal razonada de la legislación reguladora de la orden europea de detención y entrega (STC 83/2006); incumplimiento de plazos formales.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3988-2005, promovido por don Andrés Fernández Gala, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Bellón Marín y asistido por el Letrado don Javier de las Heras Dargel, contra el Auto de 19 de mayo de 2005 del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, por el que se accede a la entrega a Francia del ahora recurrente en virtud de orden europea de detención y entrega núm. 29-2004 tramitada por el Juzgado Central de Instrucción núm. 3. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y ha sido Ponente el Magistrado don Roberto García-Calvo y Montiel, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 31 de mayo de 2005, la Procuradora de los Tribunales doña María Bellón Marín, en nombre y representación de don Andrés Fernández Gala, defendido por el Letrado don Javier de las Heras Dargel, interpuso recurso de amparo contra la resolución judicial de que se hace mérito en el encabezamiento, por entender que vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión que se garantiza en el art. 24.1 CE, el principio de legalidad del art. 25.1 CE, el principio de legalidad penal integrado en un procedimiento con todas las garantías (arts. 25.1 y 24.2 CE), el derecho a la libertad del art. 17 CE, y el principio de irretroactividad de las leyes penales no favorables al reo.
2. La demanda de amparo tiene su origen en los siguientes hechos: a) El recurrente, en virtud de mandamiento de arresto internacional de fecha 27 de junio de 2002 del Tribunal de Gran Instancia de Toulouse (Francia), fue detenido en España, dando lugar a la solicitud de extradición de las Autoridades francesas al amparo del Convenio europeo de extradición para su enjuiciamiento por delito de tráfico de drogas, que fue tramitada con el número 11-2003 ante el Juzgado Central de Instrucción núm. 1. En este procedimiento por Auto de fecha 11 de julio de 2003 de la Sección Primera... »
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