Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
301/2006
Fecha : 23/10/2006
Publicación Boe :
20061128
Numero de Registro :
1109-2003/
Ponente :
Don Pablo Pérez Tremps
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: Promovido por la Asociación para la colaboración con los trabajadores de Sintel frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que desestimó su demanda contra la Delegación del Gobierno sobre manifestación en el paseo de la Castellana.
Vulneración del derecho de reunión: prohibición de manifestaciones reiteradas que no ponen en peligro personas o bienes (STC 284/2005).
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1109-2003, promovido por la Asociación para la colaboración con los trabajadores de Sintel, representada por el Procurador de los Tribunales don José Antonio Sandin Fernández y bajo la dirección letrada de doña Teresa Fernández Pérez, contra la Resolución de la Delegación del Gobierno de Madrid de 27 de enero de 2003 y contra la Sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 3 de febrero de 2003. Ha comparecido el Abogado del Estado. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo Pérez Tremps, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el día 26 de febrero 2003, la Asociación para la colaboración con los trabajadores de Sintel, representada por el Procurador de los Tribunales don José Antonio Sandin Fernández y bajo la dirección letrada de doña Teresa Fernández Pérez, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones mencionadas en el encabezamiento.
2. La demanda de amparo tiene su origen en los siguientes antecedentes: a) La asociación recurrente comunicó el 24 de enero de 2003 a la Delegación de Gobierno de Madrid su intención de manifestarse durante los días 4, 6, 11 y 13 de febrero de 2003, desde las 9:30 hasta las 11:00 horas y por el itinerario comprendido desde la esquina de la calle Génova con la plaza de Colón, hasta el núm. 13 de la mencionada calle, con el objetivo de apoyar el cumplimiento de los Acuerdos que posibilitaron el levantamiento del campamento del paseo de la Castellana que mantuvieron los trabajadores de Sintel. La Delegación de Gobierno de Madrid, por Resolución de 27 de enero de 2003, acordó prohibir tales manifestaciones alegando, en síntesis, que la reiteración en el ejercicio del derecho de reunión constituye, en sí, una alteración del orden público y que, según consta en los archivos de dicha Delegación, la problemática surgida en torno a la empresa Sintel había producido en Madrid las siguientes manifestaciones: 28 en el segundo semestre del año 2000, 134 en los meses de enero a agosto de 2001 y, convocadas... »
|
|
|
|