«... a ocho de noviembre de dos mil seis.-Javier Delgado Barrio.-Firmado y rubricado.
Voto particular que formula el Magistrado don Ramón Rodríguez Arribas, respecto a la Sentencia del Pleno de 8 de noviembre de 2006, dictada en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3254-2003 En el ejercicio de la facultad que nos confiere el art. 90.2 LOTC y con el pleno respeto a la opinión de la mayoría, expreso mi discrepancia con la Sentencia por remisión al contenido del Voto particular que ya formulé a la Sentencia dictada con fecha 25 de julio de 2006, en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2527-2003, en un asunto similar. Adjuntándose copia del referido Voto particular.
Madrid, a ocho de noviembre de dos mil seis.-Ramón Rodríguez Arribas.-Firmado y rubricado.