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SENTENCIA
Numero de Referencia :
330/2006
Fecha : 20/11/2006
Publicación Boe :
20061220
Numero de Registro :
24-2004/
Ponente :
Don Manuel Aragón Reyes
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don —ngel Luis Secundino Mínguez respecto al Auto del Tribunal Supremo y las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia y de un Juzgado de lo Social de Madrid que inadmitieron su demanda sobre declaración de invalidez permanente.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de demanda social por falta de reclamación previa en la vía administrativa, o subsidiariamente por formular la demanda antes de plazo, que es irrazonable.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 24-2004 promovido por don —ngel Luis Secundino Mínguez, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Pilar Huerta Camarero y bajo la asistencia del Letrado don Ignacio Ganso Herranz, contra el Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 21 de julio de 2003, recaído en el recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 64-2003, la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 17 de octubre de 2002, dictada en el recurso de suplicación núm. 3130-2002 y la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 25 de Madrid de 22 de marzo de 2002, dictada en los autos núm. 115-2002. Han intervenido el Ministerio Fiscal y el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en la representación que legalmente ostenta. Ha sido Ponente el Magistrado don Manuel Aragón Reyes, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el día 2 de enero de 2004, la Procuradora de los Tribunales doña Pilar Huerta Camarero, en nombre y representación de don —ngel Luis Secundino Mínguez, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales reseñadas en el encabezamiento, por considerar que vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).
2. La demanda de amparo tiene su origen en los siguientes hechos: a) El recurrente sufrió un accidente de tráfico en mayo de 1999 y, como consecuencia del mismo, permaneció en situación de incapacidad temporal hasta el 2 de febrero de 2000, fecha en que causó alta. Iniciado expediente de invalidez permanente, se dictó Resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el 17 de mayo de 2000 en la que se declaró que el recurrente no se encontraba en situación de invalidez permanente en ninguno de sus grados. Tras desestimarse la reclamación previa formulada contra la mencionada resolución, el recurrente formuló demanda en solicitud de declaración de invalidez permanente total o parcial para la profesión habitual, demanda cuyo conocimiento correspondió al Juzgado de lo Social núm. ... »
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