Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
33/2004
Fecha : 08/03/2004
Publicación Boe :
20040406 [«boe» Núm. 83]
Numero de Registro :
3398-2000/
Ponente :
Don Roberto García-calvo Y Montiel
Sala :
Sala Primera
Documentos Relacionados :
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«...en el plazo de los quince días siguientes establecidos legalmente.
En cumplimiento de lo acordado en la anterior resolución, el Procurador que había venido ostentando la representación en el trámite de instancia de la ahora solicitante de amparo, presentó en fecha 2 de noviembre de 1999 un escrito en el registro general de la Audiencia Provincial de Madrid, en el que, amén de identificar al órgano judicial de procedencia, a la parte que representaba y a su condición de parte apelante, incurrió, sin embargo, en el error material de equivocar la identificación de la numeración de los autos civiles en los que se sustanciaba dicho trámite, transcribiendo literalmente que se trataba de los autos número «459/98» en lugar del número «759/98», que era el correcto.
d) La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, órgano judicial al que había correspondido el conocimiento del recurso de apelación, a la vista de las actuaciones que obraban en su poder y, habida cuenta de que únicamente le habían sido remitidos el escrito de interposición del recurso de apelación y la correspondiente cédula de emplazamiento con notificación a la parte apelante, pero no había recibido el escrito de personación de aquélla ni tampoco el poder que le confería la representación procesal al Procurador, en fecha 16 de diciembre de 1999 ofició a la Secretaría de Gobierno de la Audiencia Provincial interesando que librara certificación acreditativa de si en el período comprendido entre el 14 de octubre de 1999 y el 8 de noviembre siguiente, ambas fechas incluidas, había tenido ingreso en ese servicio un escrito de personación a nombre de la compañía mercantil Kontron Instruments, S.A., en la pieza de oposición a la quiebra núm. 759/98 del Juzgado de Primera Instancia núm. 36 de Madrid.
En cumplimiento de lo interesado la citada Secretaría de Gobierno, con fecha 3 de enero de 2000, extendió certificación negativa de dicha presentación. Tras recibir dicha comunicación, el órgano judicial de apelación dictó Auto de 18 de enero de 2000 por el que declaró desierto el recurso de apelación interpuesto, al considerar que la parte apelante, Kontron Instruments, S.A., no se había personado en el trámite.
e) Al hallarse la compañía mercantil apelante en estado de quiebra declarada y haberle sido, en consecuencia, intervenida su correspondencia, el citado Auto de 18 de enero de 2000 fue remitido mediante carta certificada al Juzgado de Primera Instancia núm. 36 de Madrid, en el que se tramitaba el procedimiento concursal, para la oportuna apertura de dicha correspondencia, cuya diligencia se efectuó el día 18 de mayo de 2000.
f) Como quiera que no recibía notificación alguna sobre el recurso de apelación interpuesto, el Procurador de la parte apelante, después de realizar algunas indagaciones, pudo averiguar que había recaído el citado Auto de 18 de enero de 2000 en las actuaciones de referencia, por lo que el día 1 de marzo de 2000 un oficial... »
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