Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
34/2005
Fecha : 17/02/2005
Publicación Boe :
20050322
Numero de Registro :
2851/1996, 2477
Ponente :
Don Guillermo Jiménez Sánchez
Sala :
Pleno.
Documentos Relacionados :
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«... aunque no exclusivamente, a la obtención de ingresos públicos, deduciendo de todo ello que resultaría indiferente la inclusión de tal actividad en el apartado de los géneros estancados o en el de los prohibidos. Y concluye, con base en diversas consideraciones relativas al carácter temporal tanto de las leyes de presupuestos como de la ley de contrabando respecto de determinados supuestos de géneros prohibidos, entendiendo justificada o al menos razonable la inclusión de la norma cuestionada en una Ley de presupuestos generales del Estado.
9. Por Auto de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, de 19 de mayo de 1997, dictado en rollo 280/97, en recurso de apelación contra Sentencia recaída en asunto penal núm. 376/94 del Juez de lo Penal núm. 1 de Sevilla, que tuvo entrada en el Registro General del Tribunal Constitucional el 10 de junio de 1997, se acordó, con suspensión del plazo para dictar sentencia, plantear cuestión de inconstitucionalidad sobre la disposición adicional decimoctava, apartado uno, de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 1986, en cuanto pudiera ser contraria a los arts. 9.3, 66.2 y 134.2 CE, así como elevar a este Tribunal Constitucional dicha resolución junto con testimonio de los autos principales y de las alegaciones al respecto formuladas por las partes.
10. Los hechos que dieron lugar al planteamiento de esta nueva cuestión son los siguientes: a) En procedimiento abreviado núm. 115/1991, seguido ante el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Sevilla por delito de contrabando, en relación con la organización de determinado sorteo no autorizado y consiguiente puesta en circulación y venta de cupones soporte para la celebración del mismo, don José Sánchez Macías, don Isidoro Pernia Rodríguez, doña Encarnación Navarro Castillo, doña Rosario Espinosa Vílchez, don Enrique Celama Manrique y don Luis Saiz Cuevas fueron acusados por el Ministerio público y por el Letrado de la Junta de Andalucía de un delito de contrabando de los previstos y penados en los arts. 1.
1.4 ("géneros prohibidos"), 1.2, 1.3.2, 2 y 3.3 de la Ley Orgánica 7/1982, de 13 de julio, en relación con la disposición adicional decimoctava de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 1986.
b) En el acto del juicio oral ante el Juez de lo Penal núm. 1 de Sevilla el Fiscal y la acusación particular (la Junta de Andalucía) modificaron su calificación de los hechos en el sentido de incluirlos en el apartado 3 (" géneros estancados") del artículo 1.1 de la Ley Orgánica 7/1982, aunque manteniendo como alternativa la referencia al apartado 4 ("géneros prohibidos").
c) Por Sentencia del Juez de lo Penal núm. 1 de Sevilla, de 31 de julio de 1996, fueron condenados los acusados a las penas de tres meses de arresto mayor, accesorias legales de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y multa ... »
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