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SENTENCIA
Numero de Referencia :
36/2006
Fecha : 13/02/2006
Publicación Boe :
20060316
Numero de Registro :
5022-2002/
Ponente :
Don Jorge Rodríguez-zapata Pérez
Sala :
Sala Primera.
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«... en función del referido Baremo, que, según esta resolución judicial, tendría un carácter meramente orientador.
Prosigue el Ministerio público recordando que la actora formuló recurso de apelación contra esta Sentencia del Juzgado de Instrucción basado, en lo que el Fiscal considera reseñable para este proceso de amparo, en los siguientes motivos: En primer término, la incorrecta valoración de la prueba pericial sobre las lesiones de la accidentada "por haber acogido, sin razonamiento alguno, el dictamen del Médico Forense, prescindiendo de otros informes periciales realizados por [otros] facultativos" que atendieron a la lesionada, conforme a los que su incapacidad es superior a la determinada por el médico forense, sufriendo, además, otras secuelas añadidas a las fijadas por este perito. Y, en segundo término, "el importe de la indemnización es inferior al solicitado porque, de una parte, no se ajusta al Baremo, que, tampoco para la demandante de amparo tiene carácter vinculante, por cuya razón entiende que debe incrementarse la cantidad que resulta de su aplicación en atención a la situación de la víctima, y, de otra parte, porque se aplaza indebidamente para ejecución de la sentencia la determinación del importe de [los] gastos médico-farmacéuticos ya acreditados y no impugnados por la parte contraria".
El Fiscal sostiene que "ninguna de tales pretensiones ha recibido respuesta en la Sentencia de apelación", apoyando esta afirmación en las siguientes consideraciones: En primer término, la Sentencia de la Audiencia Provincial dice que "si la Sentencia de instancia -en palabras del Ministerio públicono recoge las indemnizaciones correspondientes a los puntos que deben atribuirse a los distintos conceptos indemnizatorios que se reclaman en el recurso, tampoco se efectuó en la instancia la petición en la forma que se propone en el recurso. Pero tal argumentación, con independencia de la opinión que pueda sustentarse sobre su alcance para justificar la decisión que se adopta, no se corresponde con la realidad que resulta del proceso, ya que, como se ha demostrado, la pretensión resarcitoria no se planteó, tanto en la instancia como sobre todo en el recurso, de modo alzado, dejando al margen la aplicación del Baremo, sino que, se insiste una vez más, se han seguido los criterios establecidos en el mismo para fijar el importe de la indemnización, tanto por la demandante de amparo como en la Sentencia de instancia, si bien, por no reconocérsele carácter vinculante, se solicita mayor cantidad que la que resulta de su aplicación, pretensión ésta que tampoco encuentra respuesta en la Sentencia de apelación". En segundo término, "en cuanto al error en la valoración de la prueba pericial, la Sentencia de apelación hace supuesto de la cuestión, ya que se limita a decir que "las secuelas de la lesionada mencionadas en la sentencia se corresponden con las determinadas por el Médico Forense, salvo la leve cojera...", ... »
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