Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
36/2006
Fecha : 13/02/2006
Publicación Boe :
20060316
Numero de Registro :
5022-2002/
Ponente :
Don Jorge Rodríguez-zapata Pérez
Sala :
Sala Primera.
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«...cuyo resarcimiento se considera incluido en la cantidad concedida en la instancia, siendo así que lo que pretendía el recurrente en la apelación era, justamente, que la valoración de las secuelas se realizara, no de acuerdo con dicho informe, sino tomando en consideración otros informes periciales de los que resultan secuelas de mayor gravedad que las recogidas por el Sr. Forense y otras distintas de las recogidas, lo que determina que la indemnización que se deba conceder sea superior, cuya pretensión, como se ve, ha quedado sin respuesta". Finalmente, y como conclusión, "la Sentencia de la Audiencia solamente responde a las pretensiones impugnatorias relativas al pago de intereses y a la actualización del Baremo conforme a la cual deban resarcirse los perjuicios derivados del accidente, pero no contiene respuesta alguna sobre el resto de las pretensiones planteadas, lo que entraña una denegación de justicia porque deja imprejuzgadas las mismas".
El Ministerio Fiscal argumenta, en tercer lugar, que, en el caso de que este Tribunal considere que no existe la incongruencia denunciada, al resolver la Sentencia de apelación, "aunque sea de manera tácita", las distintas pretensiones de la actora "mediante su desestimación y consiguiente confirmación de la Sentencia de instancia, es obvio que la respuesta judicial no cumple los cánones de constitucionalidad que, sobre la motivación de las resoluciones judiciales, viene exigiendo la doctrina constitucional". En este sentido, sostiene que, "mediante la lectura de la Sentencia dictada en apelación", no pueden conocerse "cuáles son las razones por las que la decisión judicial ha resuelto que el resarcimiento de los daños sufridos a consecuencia del accidente no se puede producir como pretende la demandante de amparo". Así, subraya, en primer término, que "se desconoce cuáles son las razones por las que los daños personales sufridos por la demandante de amparo y derivados del accidente no fueron resarcidos conforme al baremo de la Ley 30/95"; tampoco se sabe, en segundo término, "si, teniendo en cuenta que tanto en la Sentencia de primera instancia como en el recurso se sostiene que las indemnizaciones contenidas en el Baremo solamente tienen carácter orientador y, por tal motivo, en el recurso se pide que el resarcimiento de los daños personales se conceda atendiendo, además, a otros criterios indemnizatorios, cuál sea la opinión de la Audiencia al respecto y cuál fuese el importe de las indemnizaciones que debieran concederse por tal motivo"; la Sentencia de apelación no expresa, en tercer término, "las razones por las que la valoración de las secuelas debe hacerse conforme al informe del Médico Forense y no atendiendo al resto de la prueba practicada sobre tal extremo"; y, en cuarto y último término, se desconocen también los motivos por los que, "si, como se dice en el recurso, estaban acreditados, y no impugnados por la parte contraria, gastos médico-farmacéuticos... »
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