Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
49/2006
Fecha : 13/02/2006
Publicación Boe :
20060316
Numero de Registro :
4048-2004/
Ponente :
Don Manuel Aragón Reyes
Sala :
Sala Primera.
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«...su parte de la debida diligencia, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no procedió a valorar la prueba aportada ni consideró que fuera necesario practicar prueba alguna para verificar la veracidad de las alegaciones del recurrente acerca de la persecución política de la que eran objeto en Albania tanto él como su familia, ni del riesgo para su vida que representaba su entrega a dicho país. Y ello pese a que en una de las pruebas aportadas, consistente en la Sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Vlora en el procedimiento seguido ante dicho órgano judicial por motivo de la muerte del Sr. Ngresi, se reconocía expresamente que el hermano del demandante de amparo había muerto a manos de policías albaneses; y a pesar también de que otra de las pruebas aportadas fue la certificación por parte del actual Secretario del Comité de Derechos Humanos y Minorías del Parlamento albanés de que, efectivamente, el Sr. Jaupi estaba siendo perseguido en Albania por razón de su ideología política y de que su vida corría serio peligro dentro de las fronteras de ese país.
En síntesis, concluía el demandante de amparo aduciendo que, una vez acreditada por su parte, en la medida de lo posible, la existencia de estas circunstancias determinantes de la necesidad de no proceder a su extradición, los órganos judiciales españoles estaban obligados a valorar las pruebas aportadas y a recabar cuantas otras fueran pertinentes para poder decidir en forma justificada sobre esta cuestión. De manera que, al no haber procedido así, insistía en reprocharles la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías y a la utilización de los medios de prueba pertinentes.
9. Por providencia de 9 de febrero de 2006 se señaló para la deliberación y votación de la presente Sentencia el día 13 de dicho mes y año.
Fundamentos: II. Fundamentos jurídicos 1. El presente recurso de amparo se dirige contra dos Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de fechas 16 de marzo y 8 de junio de 2004, por los que tanto la Sección Primera como el Pleno de dicha Sala estimaron procedente la extradición del demandante de amparo a Albania, extradición que había sido solicitada por razón de su supuesta participación en un delito de asesinato y en otro de tenencia ilícita de armas.
Se reprocha en la demanda a dichas resoluciones judiciales la vulneración de los derechos del solicitante de amparo a la vida e integridad física, a la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías y sin dilaciones indebidas y a la utilización de los medios de prueba pertinentes, pidiéndose en consecuencia su anulación. El Ministerio Fiscal, por su parte, interesa la estimación parcial del presente recurso por considerar que únicamente cabe apreciar la vulneración al demandante de su derecho a la tutela judicial efectiva, en relación con sus derechos a un proceso con todas las garantías... »
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