Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
51/2004
Fecha : 13/04/2004
Publicación Boe :
20040518 [«boe» Núm. 120]
Numero de Registro :
946/1997, 3475
Ponente :
Don Eugeni Gay Montalvo
Sala :
Pleno
Documentos Relacionados :
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«... la garantía constitucional de la autonomía local no es posible derivar que sea inconstitucional un precepto legal que omita la fijación de un plazo de duración del régimen transitorio. Si la prolongación del período transitorio llegara a provocar la vulneración del art. 137 CE, ésta no sería imputable al texto legal, sino a la inactividad de la Generalidad que podría combatirse por los medios procesales correspondientes [FJ 14].
8. Los órganos judiciales que han planteado las cuestiones de inconstitucionalidad han considerado aplicable la versión catalana del precepto, que ha de ser, por tanto, el objeto del pronunciamiento en este proceso ya que el Tribunal Constitucional sólo posee sobre el resultado de ese juicio de aplicabilidad un control meramente externo (SSTC 83/1984, 341/1993) [FJ 1].
9. La derogación de la norma impugnada no ha hecho perder su objeto a las presentes cuestiones de inconstitucionalidad acumuladas, aunque sólo fuera porque de la validez del precepto cuestionado depende el fallo que ha de dictarse en los correspondientes recursos contencioso-administrativos (SSTC 28/1997, 125/2003) [FJ 3].
10. La declaración de nulidad sólo tendrá efectos, con respecto a las modificaciones del Plan general metropolitano que procedan del ejercicio de la competencia de iniciativa autonómica en forma contraria a la autonomía local, si contra ellas se hubiera formulado una impugnación directa o indirecta en la que se haya hecho valer el defecto de la incompetencia de la Administración autonómica o si contra los acuerdos de aprobación definitiva de dichas modificaciones todavía pudiera interponerse recurso directo [FJ 15].
Preámbulo: El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Guillermo Jiménez Sánchez, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel y don Eugeni Gay Montalvo, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En las cuestiones de inconstitucionalidad acumuladas núms. 946/97, 3475/98, 4837/98 y 281/99, promovidas por la Sección Segunda y la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación con la disposición transitoria octava del texto refundido de la legislación vigente en Cataluña en materia urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 12 de julio. Han comparecido el Abogado del Estado, en representación del Gobierno de la Nación, el Fiscal General del Estado, el Letrado del Parlamento de Cataluña y el Letrado de la Generalidad de Cataluña, en representación de su Gobierno. Ha sido Ponente el Magistrado don Eugeni Gay Montalvo, quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. El 7 de marzo de 1997 fue registrado en este Tribunal oficio de fecha 28 de ... »
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