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SENTENCIA
Numero de Referencia :
55/2000
Fecha : 28/02/2000
Publicación Boe :
20000329 [«boe» Núm. 76]
Ponente :
Don Pedro Cruz Villalón
Sala :
Sala Primera
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28 Miércoles 29 marzo 2000 BOE núm. 76. Suplemento En consecuencia, y sin necesidad de un mayor razonamiento, ha de estimarse el amparo y anularse la Sentencia recurrida con retroacción de las actuaciones para que se dicte otra en su lugar.
FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Otorgar el amparo solicitado por doña Natalia Martín de Vidales y, en consecuencia: 1.o Declarar que ha sido vulnerado el derecho de la recurrente de amparo a la tutela judicial efectiva.
2.o Restablecer a la demandante en su derecho y, a tal fin, anular la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 22 de marzo de 1995, recaída en el recurso de suplicación núm.
803/95, y retrotraer las actuaciones al momento anterior a dictar Sentencia para que, por la Sala de lo Social que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se dicte nueva Sentencia conforme con las exigencias del derecho fundamental.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil.--Carles Viver Pi-Sunyer.--Rafael de Mendizábal Allende.--Julio Diego González Campos.--Tomás S. Vives Antón.--Vicente Conde Martín de Hijas.--Guillermo Jiménez Sánchez.--Firmado y rubricado.
5982 Sala Primera. STC 55/2000, de 28 de febrero de 2000. Recurso de amparo 2.648/96. Promovido por doña Luisa Adán Barroso y doña Zoila Dolores Clemares López respecto a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Cuenca que estimó parcialmente un recurso de apelación en un juicio verbal dimanante de un accidente de tráfico. Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial (intangibilidad de Sentencia firme): la desestimación de una pretensión de responsabilidad civil, por culpa exclusiva de la víctima, no contradice una Sentencia previa que aminoró la cuantía de una indemnización por concurrencia parcial de culpas.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Pedro Cruz Villalón, Presidente; don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Fernando Garrido Falla y doña María Emilia Casas Baamonde, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2.648/96, promovido por doña Luisa Adán Barroso y doña Zoila Dolores Clemares López, representadas por la Procuradora de los Tribunales doña Ana Isabel Muñoz de Juana y asistidas por la Letrada doña Cristina de Mesa del Hoyo, contra Sentencia de la Audiencia Provincial de Cuenca, de fecha 22 de mayo de 1996, parcialmente estimatoria de recurso de apelación (rollo núm. 66/96) promovido contra la dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Motilla del Palancar, de 20 de noviembre de 1995, en autos de juicio verbal núm. 187/93. Han comparecido el Ministerio Fiscal, «Caja de Seguros Reunidos, S.A.» (CASER), representada por el Procurador don Miguel Torres... »
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