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SENTENCIA
Numero de Referencia :
65/2004
Fecha : 19/04/2004
Publicación Boe :
20040518 [«boe» Núm. 120]
Numero de Registro :
6655-2001/
Ponente :
Don Tomás S
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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«... supuso ya una importante limitación de su libertad de expresión, vulneraron esta manifestación cualificada del derecho fundamental alegado, y por ello debe otorgarse el amparo.
Fallo: En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION DE LA NACION ESPAÑOLA, Ha decidido Otorgar el amparo solicitado por don Gerardo Nieto Brizuela y, en su virtud: 1. Reconocer que se ha vulnerado el derecho del recurrente a la libertad de expresión en el ejercicio de la defensa letrada (art. 20 CE).
2. Restablecerlo en su derecho y, a tal fin, anular el Acuerdo sancionador de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, de 19 de junio de 2001, confirmado por el Acuerdo de la misma Sección de 24 de julio de 2001, así como el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 13 de noviembre de 2001, en la medida en que confirma parcialmente los anteriores.
Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a diecinueve de abril de dos mil cuatro.
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