Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
72/2001
Fecha : 26/03/2001
Publicación Boe :
20010501 [«boe» Núm. 104]
Numero de Registro :
4489/1996
Ponente :
Don Julio Diego González Campos
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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«... e) Mediante escrito de 18 de enero de 1995, el Fiscal formuló acusación contra don Luis Fernández Cortón y contra el recurrente de amparo don Jaime Ortega Gómez. Sin embargo, solicitó que se acordara el sobreseimiento libre respecto de don José Manuel Vila Veiga y otro. Asimismo propuso como prueba, entre otras, la declaración como testigo del Sr. Vila Veiga.
f) El juicio oral se abrió únicamente contra don Luis Fernández Cortón, don Jesús Fernández Díaz, y contra el recurrente de amparo don Jaime Ortega Gómez. El juicio oral se celebró ante la Audiencia Provincial de Lugo. En el acta del mismo figura la declaración del Sr. Vila Veiga en calidad de testigo, en los siguientes términos (folio 21 vuelto, del rollo): «Conoce a Ortega. Que el declarante sepa, Ortega no vende droga. Nunca fue a casa de Cortón. Reconoce su firma en los folios 58 vto. y 64. El Sargento le presionó el día que le detuvieron, por eso hizo las declaraciones que constan en ese folio. El Sargento le presionó para que no cambiara la declaración en el Juzgado. Además estaba siempre drogado. ... antes de que llegara su Abogado el Sargento le dijo que no le pasaría nada si implicaba a los acusados. Reconoce su firma al folio 123. Nunca compró droga a Ortega ni éste le regaló nada.» También figura en el acta del juicio la declaración como imputado de don Luis Fernández Cortón; en lo que aquí interesa, manifiesta lo siguiente (folio 20 y vuelto, del rollo): «Compraba la droga en Orense, Ortega nunca le acompañó. Es amigo de Ortega. Este nunca vendió droga para el declarante. Ortega nunca le dio pastillas. Reconoce su firma en el folio 95 ... Ortega y el declarante pertenecen al mismo club de montaña y veían vídeos juntos. Nunca ha vendido droga ni ha utilizado a Ortega para vender droga. Nunca vio vender a Ortega.» g) La Audiencia Provincial de Lugo dictó su Sentencia el 11 de julio de 1995, en la que condenó a don Luis Fernández Cortón y don Jaime Ortega Gómez como autores de un delito contra la salud pública del art. 344 CP de 1973 a las penas de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas a cada uno, con arresto sustitutorio en caso de impago de un día por cada 25.000 pesetas que pudieran dejar de satisfacer, así como a las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de condena. En la relación de hechos probados de esta resolución se expresaba lo siguiente: «El acusado Jaime Ortega en diversas ocasiones recibió cantidad de droga de Luis Fernández Cortón para proceder a su distribución quedándose con una pequeña parte para su consumo».
Esta afirmación se infiere a partir de la declaración prestada por don José Manuel Vila Veiga cuando se encontraba detenido ante la Guardia Civil con la asistencia de Letrado, aunque posteriormente declaró en el juicio en calidad de testigo retractándose de sus anteriores manifestaciones. La Sentencia de la Audiencia dice en concreto... »
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