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SENTENCIA
Numero de Referencia :
81/2002
Fecha : 22/04/2002
Publicación Boe :
20020522 [«boe» Núm. 122]
Numero de Registro :
4397/1997
Ponente :
Don Pablo Cachón Villar
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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«...Juez de Esplugues), recibida por el Sr. Valero el día 3 de enero de 1994, contenida en las actuaciones del Juzgado de Instrucción n. 2 de los de Lleida (Preparatorias 21/80). Dicho testimonio es acompañado numerado como documentos 1, 2 y 3. Esta petición se ampara en el art. 759 [sic], 3 y 4, por cuanto dicha prueba fue solicitada en tiempo y forma en nuestro escrito de acusación, numerada como documental primera: 3. c), al otrosí de nuestro escrito de conclusiones, de fecha 21 de marzo de 1995 (folios 78, 79 y 80), en los siguientes términos: 09Que se libre mandamiento al Juzgado de Instrucción n. 2 de los de Lleida para que expida testimonio de la ejecución de la sentencia dictada en los autos de preparatorias 21/80, el cual deberá incluir en particular lo siguiente: .../... c) la notificación del embargo llevado a cabo sobre la finca, comprendido en la Providencia del Juez de Esplugues de Llobregat, de fecha 14 de diciembre de 1993"». A dicho escrito siguió diligencia de ordenación de la Secretaría del Juzgado de lo Penal núm. 10 de Barcelona, de fecha 27 de marzo de 1997, en la que se tiene por presentado el anterior escrito -del que se acuerda su unión a los autosy por evacuado el trámite conferido a las partes.
b) En el testimonio, también remitido, del rollo de apelación núm. 334/97, «formado para sustanciar el recurso interpuesto por Manuel Valero Merino contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Diez de Barcelona en fecha 7 de enero de 1997», obran los particulares que a continuación se relacionan, todos los cuales preceden a la Sentencia dictada el 29 de septiembre de 1997.
En primer lugar, oficio del Juzgado de lo Penal núm. 10 de Barcelona, de 20 de junio de 1997, dirigido a la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, comunicando la remisión de los autos de Procedimiento Abreviado núm. 285/96, sobre alzamiento de bienes, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de instancia.
En segundo lugar, providencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, de fecha 26 de junio de 1997, en la que se acuerda la formación del pertinente rollo, y su registro, «con el anterior oficio y autos que se reciben», y además de hace la designación de Magistrado Ponente.
En tercer lugar, providencia de la mencionada Sección Sexta de la Audiencia Provincial, de fecha 16 de julio de 1997, del tenor literal siguiente: «Dada cuenta y; se señala para la deliberación y fallo del presente recurso, la audiencia del próximo día cinco de septiembre de 1997.-Así lo acuerda la Sala y rubrica el Ilmo. Sr. Presidente; de lo que certifico».
c) La Sentencia de apelación se dictó el 29 de septiembre de 1997 El tercero de sus antecedentes de hecho (después de que en el segundo se trascribiese la parte dispositiva de la Sentencia de instancia) es del tenor literal siguiente: «Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación... »
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